Problemas contemporáneos de la actividad aeronáutica y del espacio

Germán Ul'zlla V. I REVISIÓN y ACTUALIZACiÓN DE LA ... l.e. Estatuto de la CLAC Aparte de 10s convenios multilaterales citados, en 197t4 se creó la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC), realizando su primera reunión en el mes de agosto en Buenos !Aires. lEn ella, entre otras resoluciones, la CLAC aconsejó a los estados miembros a que akntasen a las empresas aéreas nacionales para que realicen esfuerzos tendientes a concertar acuerdos y arreglos de cooperación, como asimismo para la realización conjunta de estu– dios estadísticos y demás trabajos de investigación sobre el desarro~ lIo del trans!porte aéreo en Latinoamérica. 2. LOS CONVENdlOS l3lLATERALES El blateralismo ha continuado desJIrollándose en la alViación co– mercial, como un sistema fundamental de las relaciones guberna– tivas en este aspecto y no olbstante el nacimiento de uniones o aso– ciaciones de transpone aéreo creadas en distintas regiones del mun– do como oonsecuencia directa de los pro:hlemas tecnológicos y eco– nómicos. Siendo ésle el rasgo distintivo de las relaciones aeronáuticas en el mundo actual, dedicaré un análisis especiai a esta materia, y de manera .especial en relación .al transporte latinoamericano y chi– leno. 2.1. AnáJ/Jisis del bilateralismo. Las proyecciones y efectos del hilateralismo hay que oonsiderarlos en relación a la tendencia general observada en el mundo, y en form:l particular en Chile. 2.2. Política aéTea de Chile y el bil't1,teralismo. Chile 11a suscrito convenios bilaterales con Alemania, Arg,enti.na, Bélgica, Brasil, Cuba, Dinamarca, Noruega y Suecia, Ecuador, Es– tados Unidos de Norteamérica, Gran Bretaña, Holanda, Paraguay, Perú, Suiza, Fiji y España. Es decir, un total de 15 con.venios, si pensamos !Cl1. los países nórdicos como uno solo para estos efectos. De ellos, sólo uno no ha sido ratificado, el de Perú. En todos estos oonvenios, como es 'USual, se 11a justificado su con– certac:ón señaHndose "el propó;.ito común de reg,lamentar el tran~:­ porte aéreo entre los respectivos territorios y fuera de ellos", como asimismo para "organizar ordenadamente los servicios aéreos inter-

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