Política y estrategia en el pacífico insular - page 233

JOSÉ ANTONIO COUSIÑO
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Naciones Unidas, todos los pueblos tienen el derecho de
determinar libremente, sin injerencia externa, su condición
política y de proseguir su desarrollo económico, social y
cultural, y todo Estado tiene el deber de respetar este derecho de
conformidad con las disposiciones de la Carta.
Todo Estado tiene el deber de promover, mediante acción
conjunta o individual, la aplicación del principio de la igualdad
de derechos .y de la 'libre determinación de los pueblos, de
conformidad con las disposiciones de la Carta, y de prestar
asistencia a las Naciones Unidas en el cumplimiento de las
obligaciones que se
~e
encomiendan por la Carta respecto de la
aplicación de dicho principio, a fin de:
a) Fomentar las relaciones de amistad y la cooperación
entre los Estados; y
b) Poner fin rápidamente al colonialismo, teniendo
debidamente en cuenta la voluntad libremente
expresada de los pueblos de que se trate;
y teniendo presente que el sometimiento de los pueblos a la
subyugación, dominación y explotación· extranjeras constituye
una violación deI'principio, así como una denegación de los
derechos humanos fundamentalés, y es contraria ala Carta,
Todo Estado tiene el deber de promover, mediante acción
conjunta o individual, el respeto universal a los .derechos
humanos y a las libertades fundamentales y la efectividad de
tales derechos
y
libertades de conformidad con la Cárta.
El establecimiento de un Estado soberano e independiente,
la libre asociación o integración con un Estado independIente, o
la adquisición de cualquier
o~ra
condicion polítÍca libremente :
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