Materia y memoria: tesoros patrimoniales de la Universidad de Chile
greso en España fue ocupó los cargos de fiscal del Con- sejo de Hacienda, fiscal del Real y Supremo Consejo de Indias, y consejero desde 1629. Su paso por América le permitió conocer y tratar los numerosos problemas que se planteaban respecto del Nuevo Mundo. En el mismo año de 1629 apareció con el título De Indiarum iure sive de iusta Indiarum Occidentalium inquisitione, acquisi- tione et retentione, el primer volumen de una obra que trata de los primeros años de la conquista. El rey Felipe IV, a quien estaba dedicada, le animó a proseguir con su erudita obra, apareciendo en 1639 el segundo volumen, De Indiarum iure sive de iusta Indiarum Occidentalium gubernatione ( 15 ) en el que se abordan las principales instituciones del gobierno y la sociedad indiana. Soló- rzano, como funcionario real, confeccionó su obra jurí- dica e histórica para probar la gloria y los derechos de España para gobernar el Nuevo Mundo. De tal manera analizó largamente los derechos de los españoles a ocu- par y mantener su dominio en las Indias Occidentales. Por otro lado fue tal fue su “realismo” que su libro fue desaprobado por el vaticano por dar demasiadas atri- buciones a la corona ( 16 ). Los libros son herramientas de trabajo, tanto para pen- sar como para decidir o para preparar una defensa. Los que hemos destacado, refieren a las tradiciones intelec- tuales que podemos encontrar en la formación de los abogados y las herencias de dicha formación en las bi- bliotecas de los abogados del siglo XIX. Sus usos están señalados por las firmas, las notasmanuscritas, las hue- llas de la lectura pormedio de papeles omarcas. Un libro de la Colección Histórica, reúne todos estos elementos, conservando entre sus páginas un valioso testimonio del uso práctico de los textos en las causas judiciales. Entre las páginas 142 y 143 del Tractatus ad defensam in- quisitorum, carceratorum, reorum & condemnatorum fuper quocunque crimine del año 1654 ( 17 ), se encuentra una carta posiblemente de propia mano de uno de seis trabajadores del campo que denuncian el maltrato y pri- sión a que se encontraban sometidos por exigir el pago de su trabajo ( 18 ). El autor del libro, un jurista italiano, dedicó gran parte de su carrera a la defensa y a la revi- sión de causas de prisioneros bajo investigación. 16. De indiarum Iure se transformó en el libro de cabecera de los funcionarios de ultramar y de los que ejercían el gobierno de las Indias. La obra se encuentra divi- da en dos partes, publicada en dos volúmenes de grandes proporciones. En 1647 fue traducida al castellano con el título de Política Indiana. Entre los dueños de este ejemplar se encontraron EnriqueWood (1854) y Juan Pablo Arancibia (1910). 17. Sebastián Guazzini (1559-1650), Tractatus ad defensam inquisitorum, carce- ratorum, reorum & condemnatorum fuper quocunque crimine, Genevae, Sumti- bus Samuelis Chouët, 1654. Colección Histórica, Biblioteca Central Facultad de Derecho. La primera edición de este libro se publicó en Génova 1612 en latín, en él Guazzini realiza una descripción de los procesos seculares y eclesiásticos de la inquisición. Se centra en la defensa de los ‘inquisionados’, encarcelados, culpados y condenados por cualquier crimen. Los temas cubiertos incluyen: la captura, prisión, inquisición, la tortura, la confesión, sentencia, apelación, la ejecución y la pena capital. 94
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