Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina: volumen 2: la solución pacífica de controversias

ANÁci~IS DE LA PRÁCTICA LATINOAMERICANA EN' MA'rERtA DE sOLUCIÓN ••• El recurso a los procedimientos diplomáticos, algunos de los cuales se analizarán a continuación a la luz de la práctica :latino– americana, revela una tendencia de los países de la región en or– den a explorar nuevas y más din¡imicas alternativas, que puede in– terpretarse como una expresión tle la necesidad de encontrar una visión más amplia y renovada del' tema. 7. Aspectos de la práctica reciente latinoamericana (i) Negociaciones directas. Si bien, como regía general, las nego– ciaciones directas son siempre el' primer método a que se l:ecurre en la búsqueda de una solución pacífica para una controversia, cuando Se trata de problemas delicados ellas no suelen producir los resultados esperados, En la experiencia latinoamericana de la última década puede apreciarse que las negociaciones directas han fracasado con excesiva frecuencia. Ejemplos de ello pueden encon– trarse en las negociaciones entre Chile y Bolivia relativas al acce– so al mar, entre Chile y Argentina en relación al diferendo aus, tral o en el estancamiento que actualmente afecta a las negociacio– nes entre Colombia y Venezuela sobre delimitación marítima. No obstante lo anterior, también ha habido importantes casos en que las negociaciones han conducido a una conclusión exitosa. Los más significativos son probablemente el de Argentina y Uru– guayen relación al Río de la Plata y el Frente Marítimo, el de Argentina y Brasil en relación al aprovechamiento de las aguas del Paraná y el de Estados Unidos y Panamá en relación al Ca– nal. Otros casos de menOr importancia también se han dado re– cientemente. En todo caso, aún en la hipótesis de un fracaso, las negociacio– nes directas han conducido normalmente a otros métodos para la solución de las controversias, en cuestión, razón por la cual quizás este procedimiento no debe considerarse en forma aislada, sino como parte de un proceso político-jurídico más dinámico. . (ii) Investigación y conciliación. Este otro procedimieñto di– plomático no ha sido invocado formalmente en ninguna de sus etapas, .con excepción ..de la invitación que Chile formuló a los Es– tados Unidos para someter el problema de la nacionalización del cobre a conciliación, a la luz de un tratado bilateral. Sin embar– go, es interesante observar que se ha recurrido a él a través de al– gunas formas indirectas, nonnalmalmente con' la intervención de los organismos internacionales. Un caso específico fue el de la Mi– sión de Observación enviada por la OEA a Belice en 1972, que, con el acuerdo de Guatemala y Gran Bretaña, tuvo por tarea la de ve– rificar el número de tropas y armamentos británicos en ese ferrito– rio. En el hecho se trataba de un procedimiento de investigación, auspiciado por un organismo internacional, y conducente a una fase de conciliación. También es interesante comprobar que en este caso un país no ~iembro de la OEA aceptó la intervención de este organismo regional. 99

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