Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina: volumen 2: la solución pacífica de controversias

LA SOLUCIÓN PAciFICA DE CONTROVERSIAS 1. F.Orrego y J. Irigoil!. 2. La Comisión contará con los servicios de dos asesores téc– nicos con conocimiento en asuntos de carácter militar, que se-· rán proporcionados por Estados Miembros, en consulta con los Gobiernos de Costa Rica y de Nicaragua. Ellos entrarán en funciones cuando lo requiera la Comisión. Los asesores trabaja– rán para la Comisión de Observadores Civiles y estarán sujetos a su autoridad. No portarán armas ni vestirán uniformes mili– tares 10. La Comisión quedó integrada por cinco de los siete miembros que según "los términos de referencia" adoptados por el Consejo Permanente,debfan componerla. La causa de esta situación no fue otra que el hecho de haber sido únicamente cinco Estados Miem– bros los que ofrecieron designar observadores. De acuerdo con los mencionados términos, los observadores se dividieron para desem– peñar sus funciones en dos grupos, situados cada uno en locales de ambos países cercanos a la frontera común. Esta fue la manera en que operó la .Comisión durante gran parte de los seis meses en que se prolongó su misión. Su labor de observación quedó contenida en tres informes gene– rales llevados al Consejo Permanente y respecto a los cuales este órgano tomó conocimiento sólo de los dos primeros. '·0rganización de los Estados Americanos. Consejo Permanente. Acta de la sesión extraordinaria celebrada el' 8 de enero ·de 1979, p. 121·yss (Cp/AfrrA 364/79) . El contenido de los restantes "términos de referencia" aprobados se rela– cionan con los siguientes aspectos: Personal de Secretaria. La Comisión contó con un consultor jurídico proporcionado por la Secretaría General de la Or– ganización y otros funcionarios encargados .de las labores administrativas que demandó el funcionamiento de la misma. Duración del mandato: Se estable– ció que la Comisión tendría un mandato de cuatro meses de duración sujeto a prórroga o terminación si así lo decidía el Consejo Permanente, en consulta con los dos Gobiernos interesados. Ambito de actividades. A este respecto se decidió que durante el desempeño de sus funciones, el jefe de la Comisión al– ternaría su presencia en ambos países por el tiempo que considerara adecuado. En cuanto al resto de los observadores, se señaló que se destacarían en los pai– ses interesados dos grupos de observadores, ubicados en dos localidades especí– ficamente nombradas. En el ejercicio de sus funciones los miembros se podían ir alternando periódicamente en la forma establecida por el jefe de la Comi– sión, el cual designaba a un coordinador para cada grupo. Insignia. Bajo es– te título se estableció el deber para los miembros de la Comisión, el personal de secretaría y medios de transporte de llevar una insignia de la Organización durante todo el cumplimiento de su misión. Obligaciones asumidas por los gobiernos de ambos paises. En este acápite se contemplaron diversos asuntos relativos a las facilidades de tranporte, comunicaciones, servicios médicos y otros relativos del equipamiento material de la Comisión y sus miembros y personal, que estuvieron a cargo de los paises interesados. También se con· templaron disposiciones referentes a los aspectos del financiamiento de la Co– misión, acordándose sufragar en partes iguales el costo de la misma; las obli· gaciones para cada gobierno de designar un oficial de enlace con la Comisión; los privilegios e inmunidades de que gozarían los miembros asesores y el per– sonal de la Comisión, asi como las obligaciones relativas al otorgamiento de la seguridad necesaria y demás facilidades para el mejor cumplimiento de la misión de la Comisión. 88

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=