Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina: volumen 2: la solución pacífica de controversias

ANÁLlsrs DE LA PRÁCTIcA LATINOAMERICANÁ EN MATERIA DE SOLUCIÓN ••• del significado del procedimiento mismó y de la· alta investidura del mediador, los acuerdos de Montevideo tienen la importancia de haber previsto los compromisos necesarios para la preservación de la paz y la renuncia al empleo de la fuerza o de la amenaza de fuerza, que es una de las condiciones esenciales para el éxito de cualquier procedimiento. (v) Procedimientos especiales de bos organismos internacionales. 'Además de los procedimientos diplomáticos señalados, es necesa– rio tener, en cuenta el desarrollo de los procedimientos especiales en el ámbito de los organismos internacionales, que, como se ha señalado anteriormente, tienen cada día una mayor utilización. Si bien ellos se insertan exactamente dentro de la misma tendencia que se viene comentando, y por lo mismo se caracterizan por su flexibilidad y definición ad hoc de las reglas o criterios aplicables, involucran un grado importante de institucionalización en el seno de sus respectivas organizaciones. , . Excedería del cometido de este estudio el análisis de dicha práctica, que será materia de otros trabajos, pero basta invocar a mero título de ejemplo el procedimiento diseñado por la OEA pa– ra la situación entre Costa Rica y Nicaragua, o la práctica ya men– cionada de ALALC que, apartándose de las normas formales sobre solución de controversias, desarrolló toda una experiencia infor– mal, ad hoc y casuística. En este mismo contexto debe también incluirse el caso de los procedimientos especiales relativos al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, pues en una medida importante incur– sionan también en el encausamiento de esas situaciones hacia un procedimiento de solución pacífica de controversias. La práctica de las Naciones Unidas y de la OEA en este sentido es abundante. 8. La necesidad de simplificar el marco procesal La práctica latinoamericana que se viene examinando indica algu– nos aspectos de interés para el futuro, que podrían tenerse en cuenta para los efectos de facilitar el desarrollo de la solución pa– cífica de controversias entre los países latinoamericanos. La pri– mera implicación de importancia se refiere a las normas procesttles aPlicables. Es evidente, a la luz de esa práctica, que los países de la región no desean verse sometidos a rígidos cánones procesales, que reglamenten minuciosamente todos y cada uno de los pasos que deban darse para poner en marcha un determinado procedi- .miento. En este sentido, el modelo de instrumento general sobre solu– ción de controversias que en su época representó el Pacto de Bogo- . tá, ciertamente ya se encuentra superado en función de las realida– des imperantes en la región. Si bien él provee un conjunto am– plio de alternativas, dispone estructuras procesales en cierto modo rígidas. La tendencia que debería promoverse para el futuro con- 101

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