La estrategia y práctica de las negociaciones internacionales
LA ESTRATEGIA Y PRÁCTICA DE ~AS NEGOCIACIONES INTERNACIONALES 3.1.3. Empresas grandes. (Créditos sobre tres millones de USS) Hay en el exterior un gran interés por este tipo de créditos, pero el nú– mero de empresas que tienen acceso a él, es aún muy reducido. Normal– mente son créditos para financiar proyectos específicos. 3.2. ASPECTOS LEGALES 3.2. Aspectos legales Hay un número creciente de bancos con interés de consultar abogados en Chile. Para la concesión de créditos de importancia se están exigien– do contratos en vez de simples pagarés. 3.3. Forma de negociar un crédito En primer lugar es necesario distinguir si se trata de una inversión en equipos o de bienes de capital. En este último caso, el banco exige un proyecto con una proyección financiera a 5 o 10 años plazo. Legalmente se exige la redacción y sus– cripción de un contrato. Si el proyecto está hecho por una firma internacional de prestigio, esto constituye un aval técnico frente al banco. Para una inversión en equipos o capital de trabajo, también se exi– ge un proyecto y un contrato, para créditos medianos y grandes. En el caso de créditos pequeños, basta un aval bancario y un pagaré. 3.3.1. Forma del contrato Los contratos, cuando se trata de préstamos sindicalizados, son en ge– neral más complicados, pues se incorporan a ellos todas las malas ex– periencias de los bancos en todos los países del mundo. Generalmente estos contratos son hechos con la ayuda de computadoras. Los contratos más simples, en su mayoría contienen normas so– bre: - Comisión de administración: es fija, a veces, se paga por adelantado. - Comisión de compromiso: es fija. - Cláusulas de prepago. - Interés: se contemplan cláusulas de alternativa que previenen ca- tástrofes del mercado del eurodolar. - Cláusulas de incremento de costos: preveen trastornos en el merca– do monetario. - Condiciones para conceder el crédito: acuerdos de las empresas, po– deres del gerente, informes legales, etc. - Declaraciones del prestatario que certifiquen ciertos datos. - Cláusula relativa al capital de trabajo: se establecen relaciones en- tre pasivo exigible y activo realizable. - Obligaciones de mantener al banco informado del mantjo financie· ro. 50
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