La estrategia y práctica de las negociaciones internacionales
LA ESTRATEGIA y PRÁCTICA DE LAS NEGOCIACIONES INTERNACIONALES de habitantes. La inversión extranjera normalmente trae aparejaaa la obtención de los mercados propios del inversionista. 2. TecnoLogía Mercados reducidos impiden el desarrollo de una tecnología adecua– da, y por otra parte un país pequeño, de nivel de ingreso bajo no tiene recursos en magnitudes que se requieren para conseguir avances .tec– nológicos de importancia. La inversión extranjera puede hacer aquí, en consecuencia, un aporte de gran significación. 3. Incremento de La inversión Además de los cambios estructurales mencionados en la política eco– nómica, para conr.eguir una alta tasa de desarrollo por un período pro– longado, se requiere un aumento importante en la tasa de inversión. Un país ya deprimido por un prolongado proceso de estancamiento, debería reducir aún más el consumo interno, imponiendo un mayor sacrificio a sus habitantes para financiar inversiones, u optar por su– plirlas-en alguna medida- con recursos extranjeros, lo que coincide con los objetivos sociales y económicos fijados por el gobierno. IV. BASES DEL TRATAMIENTO AL CAPITAL EXTRANJERO 1. Régimen generaL Los principios básicos que rigen la política económica chilena, se im– plantaron respecto a la inversión extranjera en dos etapas. La prime– ra, a través del D.L. 600 del 11 de julio de 1974, Yla segunda a través del D.L. 1748 publicado en el Diario Oficial del 18 de marzo de 1977, que fija el texto definitivo del D.L. 600. A través de estas disposiCiones legales, se introdujeron al campo de las inversiones extranjeras los siguientes principios básicos, que rigen para el resto de la economía: a) No discriminación: El principio de no discriminación, consagra– do en la política económica se refiere a la igualdad de trato que se da a los distintos sectores y agentes de la actividad económica. El Estatuto extiende este· principio aJ inversionista extranjero dándole el mismo tratamiento que tiene el locaJ, en todos sus aspec– tos. Se les otorga así todos los derechos y también todas las obliga– ciones que la ley determina para los nacionales, con la lógica excepción de permitirles remesar sus utilidades y sus capitaJes sin restricciones. b) Impersonalidad: Un carácter de impersonalidad permite al inversionista extranjero actuar según su propio criterio en cual– quier actividad económica, ya sea que actúe asociado o no 34
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