Corea, perspectivas desde América Latina: IV encuentro de estudios coreanos en América Latina

Ariosa p.,]. c. familias, extensas en hijos, obstaculizaba el envío a las escuelas de los menores dedicados desde muy temprana edad a actividades productivas y obligaba a las mujeres a mantenerse como amas de casa y realizar una que otra actividad de extremadamente baja remuneración. Estas condiciones debilitaron los esfuer– zos por mantener su cultura y conducir con éxito el aprendizaje o enseñanza de lengua coreana, dado el bajo grado de instrucción presente en la inmensa mayoría de los miembros de su comunidad. El año 1933 tuvo un significado especial para todos los inmigrantes legales e ilegales presentes en el país. La crisis económica mundial (1929-1933) tocó las puertas cubanas y al llamado respondió el gobierno cubano, bajo la presidencia de Ramón Grau San Martín, con la promulgación del Decreto 2232, fechado el 18 de octubre de 1933, que disponía la repatriación forzosa de extranjeros sin empleo, ni recursos y tan sólo unas semanas después adoptaría una nueva ley conocida como "ley del 50% del trabajo", que estipulaba que en todos los centros laborales como mínimo el 50% de sus trabajadores debían tener la condición de ciudadanos cubanos. No obstante, los chinos llegados desde el siglo XIX no confrontaron gran– des problemas. Primero muchos se habían nacionalizado como cubanos, otros tenían descendencia y habían formado familias cubanas, mientras otro grupo operaba sus propios negocios con personal fundamentalmente chino y esta ley no les perjudicó notablemente. Los japoneses organizados en sus propios negocios no tuvieron problemas, pero aquellos que dependían de una entidad cubana se vieron al igual que mu– chos coreanos obligados a optar por obtener la nacionalidad cubana 247 • Si grandes fueron los sufrimientos de los culíes chinos y de los coreanos por las condiciones de contratación, no menores pueden catalogarse los agravios ex– perimentados por los japoneses, que tras lograr su asentamiento y el desarrollo de negocios y propiedades en diferentes zonas del archipiélago cubano, fueron confinados al más injusto encarcelamiento durante el período de 1941 al 1946, sólo por el supuesto "delito" de su nacionalidad. La declaración de guerra del Estado cubano a Japón, mediante Ley No. 32 del 9 de diciembre de 1941 248 , luego del ataque japonés a Pearl Harbor, y la 247 No obstante a constituir en algunos casos la obtención de la nacionalidad cubana una necesidad de supervivencia, muchos japoneses y coreanos trataron de evitar esta opción. 248 Dos días después, Cuba declaró la guerra a Italia y Alemania y sus conciudadanos corre- IV Encuentro de Estudios Coreanos en América Latina

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=