La zona económica exclusiva: una perspectiva latinoamericana

LA PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES EN LA CONVENCION SOBRE LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS DE LA ANTARTlCA y EN LA CONVENCION SOBRE EL DERECHO DEL MAR Jeannette Irigoin Barrenne INTRODUCCION Al observar las condiciones de la fonnación del Derecho Internacional en la actualidad, se puede apreciar que las técnicas particulannente complejas de su elaboración se deben combinar con elementos inestables y heterogé– neos para dar origen a reglas a menudo inciertas y en las que se hace difícil la interpretación exacta de su nonnativa. Tratadistas eminentes se han esmerado en la búsqueda de posibles respues– tas sobre la pennanente interrogante que significa el determinar cuáles son los sujetos que componen esta "sociedad internacional" que fonnula el conjunto de nonnas que llegan a constituir el Derecho Internacional, postulando algu– nos con Chaumont que "Las reglas del Derecho Internacional son modalidades de comportamiento de los Estados involucrados: no pueden existir indepen– dientemente-de ellos" (1). Parecería que esta afrrmación sigue siendo correcta hoy en día, aunque no puede prescindirse de considerar )a agudización de los problemas de la vida internacional acrecentados a causa del aumento numérico de la sociedad inter· nacional y la complejidad de esquemas de coordinación y colaboración que van dando origen a nuevos sujetos internacionales que actúan asimismo en nuevas ramas de) derecho internacional. La proliferación de organizaciones internacionales presenta problemas nuevos o al menos, hace que los especialistas deban orientar su análisis hacia soluciones distintas o creativas para resolver la situación jurídica de estos nue· vos sujetos de la sociedad internacional en las recientes convenciones que se elaboran. La terminología de Naciones Unidas hace defmir a la sociedad internacional como "La Comunidad internacional de Estados en su conjunto", lo que nos obliga a considerar no solamente la actividad de los Estados, sino que a buscar la interpretación de)a actividad internacional que generan estas otras personas jurídicas, las organizaciones internacionales. En esta oportunidad vamos a tratar de revisar la fonna de participación que tendrían las organizaciones internacionales intergubernamentales en dos (1) C. Chaumont. "eOUIS Général droit international public". R.C.A.D.I., 1970 -1 (t. 129). p. 365. 170

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