La zona económica exclusiva: una perspectiva latinoamericana
Juan M. Bakula I LA COMISION PERMANENTE DEL PACIFICO SUR ••. Los estrechos, sujetos a un régimen especial; y, las Zonas cubiertas de hielo. Además, hay normas referentes a la plataforma continental y a las 'islas. Hay expresas referencias a actividades en la atmósfera suprayacentes y, desde luego, al conjunto de actividades costeras, relacionadas, principalmente con la navegación, los puertos, etc. A todo ello hay que agregar el complicado y extenso articulado relativo a la Zona de los Fondos Marinos, sometida a una Autoridad Internacional, dotada de los elementos que configuran una potes– tad normativa, una potestad de ejecución y una potestad judicial. Se aprecia, así, que la Zona de los Fondos Marinos es objeto de una organización muy próxima a la del Estado, y cuya fmalidad es administrar un patrimonio, en beneficio de la Humanidad. 8. La Humanidad, nuevo personaje, Aquí, como un nuevo personaje cuya existencia todos presumían, pero cuya figura nadie antes había percibido, se presenta la noción de Humanidad, con un conjunto de calidades y precisiones que la convierten en sujeto de Derecho y en una persona jurídica comparable, -guardadas las proporciones– pero igualmente tangible y cuantificable, con cualquier otra de las personas jurídicas del Derecho Privado o del Derecho Internacional. Por tanto, la Humanidad, además de ser un concepto demográfico, o socio– lógico y por lo tanto espacial en el sentido de que su valor estaba dado por su realidad sobre el planeta, pasa a ser un concepto transtemporal. Para la geo– grafía, la sociología y la estadística, lo importante es el dato actual; en su condición de persona jurídica, el· concepto de Humanidad· está vinculado al porvenir. Así como la nación fue defmida en el Siglo XIX como surgiendo del pasado, con una carga emocional retrospectiva que era su sustento, la apari– ción de este nuevo concepto de Humanidad es esencialmente prospectivo. Al tomarse conciencia de los peligros que amenazan al género humano, surge el reconocimiento de un patrimonio que interesa a los que vendrán. A mayor abundamiento, podemos agregar, entre otras, dos notas adicioná– les: - los hombres y susautoridades no tiimen sobre el Patrimonio Común de la Humanidad sino un derecho de uso y, correlativamente, un deber de gestión racional; y, , - la noción de Humanidad concierne a los pueblos, e ignora a los Estados, ya que ninguno de éstos puede asegurar su intemporalidad. Tanto por la vigencia de la noción de Humanidad como por el respeto a la unidad del espacio oceánico y por las características de la Conferencia Inter– nacional que sancionará el Nuevo Derecho de] Mar, se aprecia que estamos 163
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