La zona económica exclusiva: una perspectiva latinoamericana
LA ZONA ECONOMICA EXCLUSIVA. UNA PERSPECTIVA LATINOAMERICANA. búsqueda de un nuevo orden internacional, de un desarrollo más justo y ar– mónico, de un afianzamiento de la solidaridad, cuyo conjunto permita asegu– rar para los pueblos la inestimable conquista del bienestar y de la paz. Esta posición, en demanda de la construcción de un orden; de la existencia de un concierto que promueva la justicia; que convierta la libertad en un tér– mino con contenido real gracias a la vigencia de la equidad, la expresé al final de la Comisión Preparatoria de la Conferencia del Mar, en 1973, en mi condi– ción de Presidente de la Delegación del Perú. Partiendo de la base de que toda estructura jurídica no debe entenderse como un fm en si misma sino como el instrumento para canalizar un aspecto específico de la vida de relación entre los hombres y en la necesidad de que la nueva ordenación del espacio oceánico tiene que concebirse como un esfuerzo para superar la obsoleta armazón jurídica al servicio de móviles de explotación, de colonialismo y de neocolo– nialismo, defmí que, en la futura formulación del Derecho del Mar, más allá de la técnica jurídica, se aspira en nuestros países a cumplir con otras metas más profundas y vitales propias de la condición nacional e indispensables para la. plena realización como Estados soberanos: . La defensa de los recursos naturales; La explotación de los mismos en beneficio de los países ribereños; La proscripción de la coerción internacional y de la agresión o amenaza de agresión contra países que reivindiquen sus recursos naturales; La participación efectiva en los grandes mercados; - La defmición del papel complementario y estrictamente controlado de la inversión extranjera; . La precedencia de los intereses nacionales y de los países de la región sobre los grupos privados o las empresas transnacionales; La promoción de condiciones favorables para la autonomía y la creativi– dad de la cultura, la ciencia y la tecnología; La dinamización del desarrollo económico y de la integración regional; y, La ruptura de la dependencia externa de todos los centros de poder he– gemónico. 6. El concepto de región marítima. De la presentación hecha, se deduce que el conjunto -valga la redundan– cia- de la estructura que ofrece esta nueva visión del mar, lo que se presenta a nuestra consideración es una nueva relación entre el mar y el hombre, entre el mar y el Estado, entre el mar y la Humanidad. Dentro de un esquema un tanto simplista, se pueden tomar como punto de partida las diversas instituciones del Nuevo Derecho del Mar, que, en su con– texto, representan un marco de referencia normativo. 158
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