El medio ambiente en la minería

85 JAIME A. SOlARI Suelos La normativa que regula el uso del suelo exige que las faenas mineras que requieran utilizar suelo de uso agrícola o forestal deben solicitar permiso al Ministerio de Agricultura. No hay normas de calidad del suelo para evitar su contaminación química. V. ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL A la fecha, no existen normas legales para autorizar los estudios de impacto ambiental de proyectos mineros. Sin embargo, la tradición es que el otorga– miento de'los diversos permisos por parte de los organismos públicos esté ligado a la evaluación favorable de un estudio de impacto ambiental presen– tado por la empresa que pide permiso para ejecutar el proyecto. Este sistema, que en algunos casos se tornaba bastante lento por la gran cantidad de permisos que el proyecto necesitaba, ha sido organizado por el Ministerio de Minería de forma de hacerlo más expedito (Ibacache & Solan, 1991). Los siguientes proyectos han comprendido estudios de impacto ambiental que han sido evaluados en los moldes metodológicos y plazos propuestos por el Ministerio (90 - 120 días): -- Fundición Antofagasta, REFIMET (Comisión Regional del Medio Ambien- te, n Región); . . -- Andacollo-Oro, Compañía Dayton (Comisión Regional del Medio Am– biente, IV Región); y -- Mina La Candelaria, Compañía Minera Ojos del Salado (Comisión Regio- Dal del Medio Ambiente, nI Región). La experiencia adquirida en la evaJuación de impacto ambiental de proyectos mineros ha sido de gran relevancia para la definición del sistema de evaluación de impacto ambiental que será incorporado en la ley general de medio am– biente. VI. OTROS Con respecto al paisaje, la disposición de residuos sólidos y el abandono de faenas mineras, no existe legislación propiamente ambientaL Es probable que estos temas sean incluidos en las disposiciones legales o reglamentarias que se deriven de la promulgación de la Ley General del Medio Ambiente, vale decir en un plazo de dos a tres años.

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