América Latina y Asia-Pacífico

272 JEAN-LUe LE mOEAU en la mayor parte de los países europeos entre 1985 y 1990, lo cual se consideró un reflejo de la voluntad de la Comunidad Europea en cuanto a establecer la libertad total de movimientos de capital en los Estados miembros, en el contexto del mercado único de 1992. A fines de la década de los setenta y a comienzos de los años ochenta, muchos países de América Latina y de Asia em– prendieron procesos de desregulación financiera, como parte de una estrategia de liberalización más amplia. La decisión de sacar las barreras impuestas a los movimientos de capital inter– nacional en esos países reflejó el paso desde la intervención de los gobiernos hacia una mayor confianza en las fuerzas del mercado. El temor al fracaso de las instituciones financieras ha frenado el proceso de apertura financiera en algunas econo– mías, como Corea y Taiwán, sin embargo, en términos más amplios, para la mayoría de los países, la eliminación de los controles de intercambio fue parte de su reforma económica. Si bien tanto en las economías de los países en desarrollo como en las de los países desarrollados aparecen claramente distintos grados de liberalización, ambos grupos comparten ac– tualmente la visión de que la completa liberalización de Jos movimientos de capital es un objetivo pertinente y alcanzable.. Por ese motivo, OCDE ha considerado que el Código de Movi– mientos de Capital debe ser enmendado con el fin de cubrir todo el espectro de movimientos internacionales de capital. A pesar de las claras ventajas que se desprenden de los acuerdos mencionados, es decir, trato de carácter nacional, trans– parencia de las regulaciones y no discriminación entre inversionistas de distintos países de origen, etc., las reglas multilaterales del juego debieran permitir una mayor liberaliza– ción y beneficios adicionales.

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