América Latina y Asia-Pacífico
LA LlBERACION UNILATERAL CONCERTADA Y EL LIBRE COMERCIO 169 junto de principios para el diseño de esos acuerdos cooperati– vos que se enuncian a continuación 8 : "Las economías de APEC que están listas para iniciar e implementar los acuerdos cooperativos p~ra reducir los impedi– mentos a [as transacciones económicas son instadas a proceder de esa manera, sin dejar de' tomar en cuenta los intereses de otras economías como se señala a continuación: Transparencia: 1- Las políticas adoptadas para implementar estos acuerdos debieran contar con una documentación explícita (por lo general, la legislación o las regulaciones de esas economías) a la que se pueda acceder libremente a través de canales idóneos de comunicación. 2- Las economías de APEC debieran entregar información previa pertinente sobre la naturaleza y objetivos de los acuer– dos de cooperación propuestos, como también sobre las políti– cas mediante los cuales serán implementados. No discriminación: Los acuerdos no debieran incluir disposiciones que impli– quen una nueva forma de discriminación u otra' adicional, ya sea contra los productos por motivo de la ubicación de la pro– ducción, o entre los productores por motivo de su lugar de registro o propiedad. Accesibilidad: 1- Cualquier economía cuyo gobierno acepta las responsa– bilidades como también los beneficios de las políticas resultan– tes y compatibles con cualquier acuerdo de cooperación exis– tente o propuesto entre algunas de las economías de APEC, debiera ser capaz de transformarse en miembro de ese acuerdo y ser instada a hacerlo. 2- Las partes de este acuerdo de cooperación debieran es– tar dispuestas a compartir la información, la experiencia, los conocimientos y la tecnología necesarios para que otros adop– ten las políticas pertinentes. 8 Drysdale, Peter; Elek, Andrew y Soesastro, Hadi, op. cit.
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