Brasil y Chile: una mirada hacia América Latina y sus perspectivas

AGUSTíN SQUELLA Cultura en vez de un Consejo, la respuesta era la misma: en un Ministerio hay autoridades unipersonales que se ordenan jerárquicamente -Ministro, Subsecreta– rio, Jefes de Divisiones, Directores de Departamentos, y asÍ- mientras que un Con– sejo permite colegiar las decisiones más importantes del organismo público que se pretendía crear. Y, por último, cuando algunos diputados y senadores inquirían el por qué del rango de Ministro del Presidente del Consejo, se les respondía que ello obedecía a tres razones: a permitir que la cabeza unipersonal del Consejo se relacio– nara directamente con el Presidente de la República, es decir, sin la intermediación de un Ministerio; que se vinculara en condiciones de igualdad con los restantes ministros y participara en las reuniones de gabinete, y que alcanzara mayor visibi– lidad frente a los innumerables agentes culturales, tanto nacionales, extranjeros como internacionales, que se relacionarían con la nueva institucionalidad cultural pública de nuestro país. Si se recuerdan por un momento los distintos componentes que tiene toda institucionalidad cultural, se comprenderá que la meta de llegar a contar con una nueva institucionalídad de este tipo en el país era bastante ambiciosa, máxime si la figura escogida incluía importantes innovaciones respecto de lo que suele ser la estructura interna de nuestros ministerios y servicios públicos. Como ustedes ad– vierten perfectamente, dicha figura procuraba consagrar y conciliar entre sí dos valores, a saber, eficiencia y participación, sin sacrificar uno en nombre del otro, porque todos sabemos que es tan fácil como inconveniente conseguir eficiencia sin participación, como tener participación sin obtener eficiencia. También habría resultado posible una cuarta alternativa, a saber, no crear ni una Dirección Nacional de Cultura, ni un Ministerio ni un Consejo, sino una Sub– secretaría de Cultura dentro del actual Ministerio de Educación. Sin embargo, esta posibilidad fue descartada por una razón muy simple: una Subsecretaría de Cultura dentro de un Ministerio de Educación, atendida la compleja vastedad de los asun– tos educacionales que atiende una cartera como esa, habría sobrecargado a las autoridades del Ministerio y habría pasado probablemente a ocupar un lugar se– cundario en las prioridades, en la atención y en el trabajo de estas. Perdonen ustedes que me haya detenido demasiado en estas explicaciones acerca del fundamento, propósitos y estructura de la nueva institucionalidad cultural que Chile adoptó a partir de 2003, pero se trata de un asunto de interés público que había sido largamente postergado, con efectos bastante negativos en la manera como el Estado daba cumplimiento a sus deberes con la cultura. Además, del cambio efectua– do, que tiene, al menos en parte, un carácter claramente fundacional, se esperan buenos resultados para el desarrollo cultural del país, los mismos que empiezan ya a advertirse apenas transcurridos dos años desde la instalación del Consejo. Además, lo hecho en el país en materia de nueva institucionalidad cultural pública no se reduce a la creación del Consejo y del Fondo ya mencionados, puesto que, a la vez, han sido creados, no con el carácter de servicios públicos, sino de organismos dependientes del Consejo Nacional, consejos y fondos sectoriales para el libro, la música y el audiovisual, esto es, para las tres expresiones artísticas y culturales que constituyen también in– dustrias de este tipo, las cuales, amén de su significado primordialmente cultural, tienen también una evidente importancia para la economía de los países. Los recién mencionados consejos y fondos sectoriales apuntan, como se dijo, a ;

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=