Nuestros vecinos

Encuentros y desencuentros... 543 3. Reivindicaciones Territoriales. a) En 1976, contrapropuesta peruana de administración tripartita de Arica, como respuesta a la Propuesta de Charaña, que perseguía dar salida soberana al mar a Bolivia, por ex -territorios peruanos. 4. Delimitación Marítima a) Presentación de Perú, en 1986, de Nota Diplomática en la que manifestaba desacuerdo con LPI marítimo en el paralelo. b) Reclamo oficial de Perú en Octubre y Diciembre de 2000, por el trazado del LPI marítimo conforme al paralelo en la carta de la Rada de Arica, editada por el SHOA en 1998. c) Nota Diplomática peruana de 2001, ante la ONU, que deja constancia del desconocimiento del LPI trazado en la Carta de la Rada de Arica, haciendo presen- te que no existe un Tratado que fije el LPI marítimo entre Chile y Perú, lo que fue respondido oficialmente por Chile en 2002. d) Crisis por la instalación de Caseta de Observación de la Armada de Chile, en cercanías del Hito Nº 1. Enero-Abril de 2001. e) Publicidad y presentación oficiosa por Perú de desconocimiento del LPI ma- rítimo en el paralelo, durante visita Oficial del Presidente Toledo a Chile en Agosto de 2002. f) Con fecha 4 de Octubre de 2002, el Comandante General de la MGP comu- nicó al CJA de Chile, su decisión de: «declinar participación en Ejercicio RESKATAMUY III que debía realizarse el 16 y 17 de Octubre, por no haberse logrado acuerdo respecto del área geográfica en donde realizarlo». La MGP evita realizar cualquier acción en las cercanías del LPI marítimo en el paralelo que signi- fique su reconocimiento implícito o explicito. g) Comunicado Oficial peruano del 17 de julio de 2004, donde se desconoce la existencia del LPI marítimo entre Chile y Perú y se establece un plazo de 60 días para iniciar las negociaciones. Chile contesta oficialmente el 10 de septiembre que no existen temas limítrofes pendientes con Perú. Éste último declara que al no haber acuerdo entre ambos países se ha substanciado la controversia. h) El 4 de noviembre de 2005, en muy corto tiempo, se aprueba y promulga la Ley Nº 28621, Ley de líneas de base del dominio marítimo del Perú, donde se cambia el inicio de la frontera terrestre desde el Hito Nº 1 a un punto situado aproximadamente a 267 metros al suroeste, prácticamente en la rompiente de la costa, al sur del paralelo 18º 21´00". Lo que contraviene lo dispuesto en el Tratado de 1929 que establece que el Hito Nº 1 «Es orilla del mar y el inicio de frontera terrestre». En la respuesta peruana al reclamo chileno se declara que el único trata- do de límites vigente con Chile es el de 1929 y que no está establecido el límite marítimo entre ambos países. i) Chile suspende en noviembre de 2005 la Reunión de Estados Mayores e Inteligencia Naval, asimismo, Perú suspende la visita del Comandante General de Marina, con motivo de la promulgación de la Ley de Líneas de Base del Dominio

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=