Generación de Diálogo Chile-Perú / Perú-Chile: documento 4: aspectos migratorios

76 | Capítulo III | Aspectos jurídicos de la migración chileno-peruana. Una visión desde Chile Apartir de lo dispuesto en este acuerdo es pertinente evaluar su desarrollo, toda vez que en él se precisa la elaboración conjunta de Programas Bienales, especificando objetivos, metas, recursos financieros y técnicos, cronogramas de trabajo y las áreas donde sean ejecutados los proyectos. Por su parte, se prescribe que se deben especificar las obliga- ciones, inclusive financieras, de cada una de las Partes Contratantes. Se precisa también la evaluación periódica del programa, para ello se establece un Grupo de Trabajo de Cooperación Técnica y Científica, coordinado por los Ministerios de Relaciones Exte- riores de ambos países. 23 Este último órgano debe operar sin perjuicio de la Comisión Mixta compuesta por representantes de ambas Partes, que se crea como instancia para –entre otros aspectos– evaluar, analizar y supervisar el funcionamiento del Convenio. 24 Como se puede observar, en el plano jurídico existe un marco que es posible evaluar en su funcionamiento y, a partir de ello, confirmar, perfeccionar o completar la normativa, a fin de fortalecer los factores que puedan ayudar a un proceso migratorio coordinado y eficiente para el mejor desarrollo de las personas, objetivo de bien común que ambos Estados deben compartir. 4. Conclusiones La globalización coloca la migración como un tema de especiales dimensiones, que debe ser abordada con políticas convergentes entre los Estados, abandonando las accio- nes unilaterales al respecto. Esta perspectiva implica un desafío para el ámbito jurídico, toda vez que deberán establecerse normas basadas en principios compartidos. En esta dirección es preciso hacerse cargo de lo paradojal que resulta el haber avanzado en la normativa para flujos de bienes y servicios y no haberlo hecho en dimensión similar respecto al flujo de personas. En el caso de Chile, se debe asumir la fase iniciada en los años noventa, luego de recuperado el sistema democrático. Un hecho especial que se ha producido es el in- cremento de la inmigración desde Perú, cuyas cifras han superado la de otros países latinoamericanos. Esta realidad trae consigo que el tema migratorio pase a formar parte de la agenda de las relaciones bilaterales entre ambos países e impacte la regulación normativa. En este sentido se debiera considerar un accionar coordinado, con reciproci- dad y políticas coincidentes, en la perspectiva de obtener mayor eficiencia en beneficio de las personas. 23 Ibídem , artículos II y VII. 24 Ibídem , artículo VI.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=