Generación de diálogo Chile-Perú / Perú-Chile: documento 3: aspectos económicos y comerciales
Generación de Diálogo Chile-Perú / Perú-Chile | 19 En materia de liberalización arancelaria, el acuerdo comprende la desgravación para prácticamente el universo total de bienes distribuidos en listas de desgravación inmediata, y a 5, 10, 15 y 18 años. Se acordó un tratamiento especial para los productos textiles, confeccionándose listas de desgravación específicas a 8 años plazo. El ACE 38 previó la exclusión de los bienes usados, las mercaderías elaboradas en zonas francas, las bandas de precios utilizadas en Chile y los derechos específicos variables de Perú, pero con el compromiso de no incluir nuevos productos en estos esquemas. El ACE 38 incorporó también capítulos referentes a disciplinas comerciales como salvaguardias, prácticas comerciales desleales, reglas de origen y un capítulo de solución de controversias en tres etapas. En virtud de la intensificación del comercio bilateral entre Chile y Perú, el 2004 los gobiernos de ambos países deciden iniciar tratativas con miras a profundizar sus compromisos comerciales, en particular ampliar el ACE 38. Finalmente en 2006, tras cuatro rondas de negociación se suscribe el Acuerdo de Libre Comercio entre Chile y Perú (ALC). El cual sustituye el ACE 38 y entra en vigencia el 1 de marzo de 2009, convirtiéndose en el primer acuerdo de libre comercio firmado por dos países sudamericanos. En cuanto a los compromisos adquiridos por ambos países con la suscripción del ALC, este mantiene el calendario de desgravación arancelaria estipulado en el ACE 38 (al momento de comenzar las negociaciones del ALC ya se había liberalizado más del 80% del comercio bilateral), pero profundiza los compromisos y disciplinas comerciales existentes en el ACE 38, además de incorporar nuevos temas. En materia de inversiones, el ALC sustituye el Acuerdo de Promoción y Protección de Inversiones de 2001. Se incorpora un capítulo sobre comercio transfronterizo de servicios y de entrada temporal de personas de negocios. Finalmente, se modernizó el mecanismo de solución de controversias, incorporando la exclusión de foros entre el mecanismo propio del Acuerdo y el Mecanismo de Solución de Diferencias de la OMC. El ALC incorporó una serie de materias que no estaban cubiertas por el ACE 38, y es un avance importante en la relación bilateral, es reconocida la necesidad de continuar expandiendo los compromisos adquiridos. En particular quedaron pendientes, y con compromiso de incorporación futura, los servicios financieros, las compras públicas y el reconocimiento mutuo de títulos profesionales. Junto con la evolución del ACE 38, existen otros acuerdos bilaterales entre Chile y Perú que promueven el comercio y las inversiones bilaterales. En particular, el 13 de noviembre de 2004 se firma el Acuerdo para evitar la doble tributación, que junto al Convenio de Seguridad Social de 2002 -el que debido a su estructura no sería muy utilizado necesitándose una revisión del mismo para asegurar el cumplimiento de sus
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