La nueva teoría social en Hispanoamérica: introducción a la teoría de sistemas constructivista

300 Antonio Hidalgo cambios los podemos denominar cambios estructurales menores para diferenciarlos de los cambios estructurales mayores , que son el resultado de cambios del código ideológico. El código cultural [y, como parte de él, el código ideológico] (…) puede modificarse (…) bajo el efecto de ciertos sucesos (…) directamente surgidos de la experiencia fenoménica de la sociedad. Tales sucesos pueden tener su origen en modificaciones del ecosistema natural que repercuten sobre la práctica social, suscitan nuevas costumbres, nuevas reglas y, muy probablemente, nuevas técnicas y nuevos mitos. También pueden tener su origen en contactos con sociedades vecinas, a través de los cuales una cultura puede integrar técnicas, productos de uso o de consumo, ideas, etc., procedentes de una cultura foránea. Por último, pueden surgir de la vida misma de la sociedad, donde la desviación individual introduce nuevos patrones de conducta que llegan a extenderse hasta convertirse en costumbre o una nueva invención acaba siendo integrada en su capital cultural (Morin, 1973: 199-200). Un cambio del código ideológico, o mutación ideológica , implica necesariamente un salto creódico , un cambio brusco de trayectoria evolutiva, el desplazamiento del sistema desde un creodo a otro. Y esto es así en la medida en que del desarrollo del nuevo código ideológico derivan nuevas instituciones reguladoras y nuevas decisiones reguladoras, incluso nuevos agentes reguladores. Pero una mutación ideológica no se produce con facilidad y es más probable si el sistema económico mundial se aproxima a una catástrofe , o situación de inestabilidad extrema en el que existan puntos de bifurcación evolutiva, como sería el hecho de que el sistema se encontrase en medio de una crisis estructural; entendiendo por crisis 63 : 54 : “un acrecentamiento del desorden y de la incertidumbre en el seno de un sistema (…) provocado por (…) el bloqueo de dispositivos organizadores, especialmente los de carácter regulador (…), determinando, por una parte, rígidas coacciones, y por otra, el desbloqueo de virtualidades hasta entonces inhibidas” (Morin, 1973: 165). Un sistema económico territorial puede sufrir una crisis estructural en cualquier momento, aunque no puede precisarse a priori si una crisis será, o no, estructural hasta que no se desarrolle en su plenitud. Sin embargo, basta con que una combinación de perturbaciones no pueda ser neutralizada por los mecanismos de autorregulación del sistema debido a la existencia de una incompatibilidad, tanto del marco institucional como del referente ideológico de las decisiones de los agentes, con el reestablecimiento de la estabilidad estructural del sistema, para que dicha situación pueda ser considerada como una crisis estructural . 63 Una tipología de las crisis por la que puede atravesar un sistema económico, y que incluiría las crisis estructurales, la encontramos en Boyer (1987: 67-85).

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