Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
/ , , ' / Indice de las cofas notables , ' .. /' .cometió con ignorancia , o con olvido , lib . S· tr. 3. fecc . 4. Como fe ha de entender en otras penas con los Indios , y rufücos, ibid. num. s. la ignorancia de la pena excufa el incurrir• 1a , ibid. num. 6. las penas que ponen los Synodos como fe deben entender, l. s. tr . 4. fecc. 8. n. 3. Penas que tienen los que abren cartas, l. 5. cr. 4. fecc. 10, n. z. y 3. Penitente , y Penitencia. Para el Sacramento de la Penitencia, no ju– rifdicion tiene el que no Cabe la lengua , l. 1, tr. fecc . 11. num. 7. :Es valido el Sacramento de la Penitencia , y las confeffiones hechas con el Coadjutor del Cura que ¡>or no Caber la lengua de fus Feligreíes , Colo tiene titulo prefump– to, ibid. num. 8. Que fe ha de hazer con los Indios en quan– t-O al Sacramento de la Penitencia, lib. 3. trat. unic. íecc. 1 . n! 6. y 7. . Q.ue fea Penitencia, fu definicion , explica– cion, y divifion, l. 3. tr. 3. pro!. n. 1. y :., las panes eJfenciales del Sacramento de la Penitencia , _fon contricion, confeffion, y fatisfacion, ibid. num. 4. El efeéto del Sacramento de la Penitencia , es la gracia jullificante, ibid. num. 11. Q.uando inftituy6 Chrifio·el Sacramento de la Penitencia , ibid. num. u. Si ferá valida la confeffion quando el peni– tente llega contrito, pero fin aver hecho propofito de la emienda. J. 3. tr. 3. íecq·. ~i Íe· puede dar Sacramento de Penitencia valido, fin dar gracia Sacramental, l. 3. tr. 3. fecc. 10. Diícreco, y breve modo de'confeJfaríe el pe– nitente ·para evitar la molefüa de los Confelfores, l. 3. tr. fecc. 7. No es neceffario para el valor del Sacra– mento de la Peniter'lcia que el Confelfor conozca cada pecado por Jo que es , ve– nial, o mortal , lib. 3. tr. 4. íecc. 4. Si podrá el Cuta adminiftra, el Sac.amento de la Penitencia al que etlá privado de juizio , l. .¡. tr. 7. íecc. 7. n. :. • Penfion. No pueden llevar penfion, que fe les dá a los Religiofos graves , que fiendo ellos Dofüineros, embian Coadjutores que fir– van la Doétrina con cargo de dicha pen– fion, lib. 1. tr. 1. f. 7. num. ~. No pueden llevar la penfion que piden los Religiofos graves que interceden para que fe dé a alguno una Doélrina con car– go de 'dicha penfion, ibid. n. f . No tiene facultad de facar penfion alguna el Superior quedá un Beneficio, ibíd. num.6. Pobre , y Pobreza. Si ferá conveniente no admith: pobres men– digos ; que pidan limoína en los Pueblos de los Indios , lib. 2.. tr. 1, fecc, u. Que tal debe fer la pobreza del lndio para que el ConfeJfor le pueda aplicar como a pobre al mifmo aquello que debe reftimir, l. i. tr 1, f. n. in tota. Quánta debe fer la pobreza de los Indios para excuíarlos de pagar tributos, lib. 1,, crac. 1. fecc. 1. num. 4, . Policía. Deben eníeóar policia los Curas a los In· dios, que affi fe lo encarga el Concilie Limeníe,. l. 1. tr. 4. íecc. 10. num. 1,, Pontífice. No puede el Pontífice difpenfar, para que quien no fabe la lengua marerna de los Feligrefes pueda fer fu Cura, lib. 1. tr, 1. fecc. r 1. num. 1. • ·El Pontifice Pio V. defpach6Breve para qqe los Religiofos pudieífen hazer oficios de Doéhineros fin más aprobacion que el Aombramiento de fus Capitulos, o Pro· vinciales, lib. r. trae. 1. fecc. 13. n. 1. Mo,u ptoprio delPoncifice Pio V. en que con– <:ede
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