Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

"\ que contiene cf}e Libro. á comulgar Calvo in articulo mortis , lib.1. ti', 4. fecc. t. n. s, A los muchachos los obliga el precepto de confe{far , y no comer carne los dias que la Iglefia lo prohibe , quando tienen ba{bme difcurfo , y ufo de razon , ibid, m1m. 6. Mudos. Si al fardo , y mudo a nativitate , le obli– ga el precepto .de confelfarfe ? y que hará el Cura con el cal? lib. +· trat. 3, fecc. 3. Si los Curas deben dar la Communion in articulo mortis a los mudos, y fordos, lib. 4 . tr. 4. fecc. 1.. Mulatos. Si pueden fer difpenfados los Mulatos hijos de Negro, y de India, y los que fon hijos de Erpañol, y Negra , lib.3 . tr. 10. fecc .7. Pueden fer difpeníados para el matrimonio en el impedimento de cognacion efpiri– tual , y de publica honeftidad los Mula– tos , lib. 3. cr. 1 o. fecc. 8. Varios vocablos de M. Si pecará mortalmente el Indio que oyendo murmurar a otro en cofa grave , no lo impide, lib. 1.. tr. 1 . fecc. 13. El principio que tuvieron las monedas , lib. z.. tr. 3. prol. n. 1. Si los Mercaderes que venden fu mercade· ria al fiado , pueden llevar má¡ por ella_. lib. 1. tr. u. fecc. 4. n. 1. Que fe debe hazer con los monfiruos en razon del Baucifmo, lib. 3. trat.1. fece. 1, num. 3. y 4. Methodo breve para confeffarfe bien , lib,3. tr. 3. fecc. 16, in tota. De los menudos, y extremidades de carne que fe pueden comer en Sabado , lib. 4. tr. ~· fecc. s. Si los Mefüzos , · y Mulatos pueden fer dif.. penfados en tercero , y quarto grado pa– ra los matrimonios, Jib.f, trat.1, fecc.1C1, num. 15. Las Monjas gozan , y participan de las gra– cias , y privilegios concedidos a las Reli– giones , cuyos inftitntos profeffan, aun– que eftén fugetas al Ordinario,lib. 5, tr,1 . fecc. 1.6. n. 1 . N. Natural , y naturale$. A Los naturales de cada Provincia , o Reyno fe deben dar las Igleíias, o Beneficios dél , lib. 1. trae. 1• fecc. 2.. num. 1. En Napoles, como afirma Camilo Borelo, fe dan los Beneficios a los naturales del Reyno , ibid. La ley natural que fea ? fu definicion , divi– fion , explicacion, lib+ tr. r. pral. ,La ley natural obliga a los Gentiles , lib.4. tr. 1. fecc. 1. n. 1.. La ley nacural aunque habla con todos en algunas ocaíiones excufa de la obli– gacion, y del pecado, lib.,t. trae. 1. fecc.4. num. J• · Ncccjfidad. En cato de extrema neceffidad , todos pue. den focorrerla de lo ageno , aunque fea contra la voluntad de fu dueño , lib. , . tr. s. prol. n. 3. t. l9s que padecen grave neceffidad ay obli– gac-ion de dar limofna de caridad , lib. r . tr, ~. fecc.4. num. 9 . Señalanfe dos maneras de grave neceffida'1 que ~Y en quanco a la condicion , y de– cencia del ellado de cada uno , ibitl. num. 7. y 8. Negociacion , y negociaY. Que genero d~ trat~ fe llame negodacioR enlos Clerrg,os, hb. 1. trat.1 J. f.ecc+ ;,, tota. · Ponenfe algunos cafos en que podrán · fin culpa, ni pena negociar los Clerigos¡ lib. 1, tr. ;, Cecc, 6. a num. 3. Odddd Negror,

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