Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Indice de las cofas notables , , que contraen los Juezes dando fentencia en caufa de fangrel, lib. 3. tr. 1. fecc. 1 f. los alfeffores , y Confultores en femen– cía de fangre quedan irregulares, ibid. num. 1. Tambien quedan irregulares todos los Ofi– ciales del crimen ,.Relatores, Secretarios, Efcrivanos , T.efügos , Abogados, Procu– rador.es , Alguaziles;CarceJeros,Verdqgos, &.c. ibiá. num. 1. 1rre'IJerencia. Para-evitar irreverencias ~üe fe pueden ha– zer al Santiffimo Sacram~nto quando vie– nen Indios de .guerra a dell:rui r los Pue– blos , pódrá el Cura confumirlo , comul– gandofe affimifmo, aunque ,no efiá en ayunas , ni pueda confeífarfe haziendo Aétodeconcrícion, lib. 1.trat.3. fecc.II, num. 1. Por.evitar .irreverencias que fe pueden hazer al Samiffimo Sacramento e·n femejantes -c:afos a falta de Sacerdote lo podr.á co– mulgar, y confumir µn fegl.ar Catho'lico , haziendo Aéto de·contricion , y fin el , íi · el rebato ~~ J?gac'., ibiá. n. 3. Juez. No puede el Juez c.aftigar al Cura que 'ha– lla que pueCfo .en·grave neceffidad tuvo algunos mitos , lib. f· .trat. i. (ecc. 8. num. 4. . e • . • El J~ez.que calligª al ··!ndi_o con .cruelda~, pec·a mortalmente; .hb. 2.. trat. ;1. fecc. 3. nu·m. ·;. _ El Juey. que tiene derecho 1 ohl!gar a los Indios a jurar en cafos necetfanos , de.be antes de recibir. el jú.ramen.to inftruirlos , lib.. 1. tr. 1, fect. s. num. ~~- . Advertencias :a:Ios Jueze¡s ,.pór cuya quen– ta corre·Ja .ta'í{¡i. de lo.strib1;1~os,'li:b. :... tr. _ ;,. fecc. :t.'.hu!'1.J:., .: . · . . . Si efra fegüro en ro.nd~ nda _el_ ·~uez que al tie~po de la r:eíidenci~ pqr v1a de con– cierto paga la ntitad de· las· demándas que le poqen los Indios, lib. i, trat. 10.. focc. 8, · Obligacion de los Juezes de refidencia de · Corregidores, Jib. :.. traét. 1@. fecc. 10. in tota. Jttego. Que fea juego, fu ddinicion, y explicacion, lib. 1. tr. u . prolog. num 1. Si fe to~~¡·or divercimientq,es aéto de vir– tUd ·, tbt . Aunque fe ufe del juego .con codicia de ga– nar mucho dinero , no .es pecaminoCo , ibid. num. z.. y 3. El juego de fu namra!eza no es ilicico, es lo empero .po.r los .accidentes que fe fit:>:ien, ibid. .num. ,4,. Los que tienen .cafas de juego ., pecan mor• talmente , ibid. num. f. El juego eftá prohibido por derecho huma– no , ibid. num, 6. Timbienefiá prohibido el juego por dere– c,ho Canonico, affi a Edefiatlicos como - a Seglares. ibid. . 'En las Indias prohibe el juego a los Ede. fiafiicos el Concilio Limenfe con graves penas, ibid. num. 7. Aunque fea ilic'ito jugar por eftar prohibi– do por ley, fo que gana el Clerigo a1 juego no tiene ol,ligacion de refütuido , lib. 1. tr. u. fecc. J. num. 1 . Si eíl:ará feguro en conciencia el CJerigo > que aviendo perdido quarenta y cinco patacones , por no incurrir en la cenfura dexa el juego, y defpues de averlo inter– tumpido· comien\a: de nuevo a jugar, y pierde otros quarenta, lib. 1. tr. u. fecc. 2.. in tota. Pr-eguntafe, fi 'hará quatro pecados , e in– currira quatro vezes en efta cenfura el Clerigo que jugando toda la noche con quatro perfonas pierde duciemos pefos , con cada ·uno cinquenra? iib. 1. tr. n., fecc. ;. Juri{dicion. La jurifdicion Eclefiafiica, ni fus aétos, no fe pueden vender fin cometer fimonia a ·lib, 1, tr. 1. fecc. 4• num. 6. No

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