Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

1ue contiene efte Libro. Si en vfrt-ud de la Bula de tTrbano vm. fe podrá difpenfar con los impedimentos de los Indios de publica honefüdad , y cognacion efpiritual , lib. 3. trat, 10. fecc. 16, India1 , y lt1dio1. Es e~gafio grande entender que par.t doc– mnar Indios , no es menetler Theologia', lib. 1 cr. 1. fecc . 17. num. 9. · A los Indios no los obligan los preceptos hafia los diez, o doze años, porque en– t~:>nccs les amenace e1 ufo de la razon , hb 1. tr. 4. fecc. 1 . num. 9. · · l os lndios aun de doze años , y más no tienen perfeéto di[curfo , ni conocimien– to, y affi fe excufan.de pecado mortal en e.l quebrantamiento de los preceptos , lib. r. tr. 4. fecc. 6, num. z. A los Indios que ellán enfermos de enfer– medades graves, quales fon las que aqui fe feñalan , pueden los Curas olearios quando los van a confe{far , lib. 1. tr. 4, fecc . 7. num. 3. A los Indios los puede el Cura cafiigar con a~ores , y otras penas para evitar peca– dos , líb. 1, era~. 4. fecc. 1 1. num. 1. Quien debe predicar a los Indios el .Dolhi– nero de ellos las Q1are[mas, lib. 1. tr. 4. fecc. , z. nurn . 1. y i.. Ponderare la miferia de los Indios, y las ne– ceffidades corporales , y efpi rítuales que padecen , lib. 1. tr, s. fecc. 4. a numero J . tlfque ad 5. A quienes incumbe el remediar las miferfas de los Indios , y el modo de re;nediarlas, lib. 1. trae. 5. fecc. 4. num. l'Í, No obllame la co!lumbre de muchos años no efián obligados los Indios¡ a ofrendar las Pafcuas, ni los Curas tienen derecho de cobrar las ofrendas ., como fi fueran debidas , lib. ,. trat. 6. fecc. t. num.6, Varias impoficiones que tienen introduci– das los Doél:rineros de Indios , y que no deben llevar , ljb. , . tr. 6. fecc. z. in tota. los que han quit ado bienes a los indios or– dinariamente no fatisfacen. Enfeñafe el modo con que han de fatisfacer , lib. 1, crat. 6. fecc. 5. numero r, Es rnenefier faber la lengua materna de los Indios para predicarles, lib . 1. a. t o. fecc. 6. num. r. y z, A eJos Indios es mene!ler indufiriarlos en que fe vifian , y tapen las carnes , para evitar muchos inconvenientes, lib. 1. erar. 10. fecc, 8. num. 6. No eftiman los Indios la virginidad ante nuptias, ibid. num, 7, No fe ha de cargar la mano en los tributos a los Indios recien convertidos , ibid. num. 10. Que numero de tefiigos baíle para que valga el teftamento de los Indios , affi el que fe haze con Efcrivano, como el que fe haze fin él) lib. 1. crac. 1,. fecc. 3. in rota. Si quando muere a1gun Indio abinteílato ~ podrá el Cura entrar en el quinto de fus bienes , para hazer bien por [u alma , lib. 1. tr. 11. fecc. +· in tota. Tres diferencias de Indios , lib. :i. . prolog. num. r. Algunas calida~es ~e Indios. ibi1, nui:n. ,. Las viandas ord1nar1as de los Indios, hb. ,. trat. r , prolog. num. 1. Las propriedades, e inclinaciones de los In· dios , ibid. num. i.. Son los Indios perfonas miferables , y go– zan de los privilegios de tales , ibid. num. 3. & ibidem , fecc . 1. in tota. Debefe ufar de toda piedad con los Indios, atendiendo a fu miferia, lib. 2..tr. 1 .fecc. ,., ibid. Algunas experiencias de efia regla general con los-Indios, i!,idem , num. 3. Los que tratan a los ln~ios con . crueldad, pecan mortalmente, Jrb. 1 . trat. 1. fecc . 3. num. 2.. Los que dizen a los Indios palabras contu 4 meliofas comunmente , no pecan mor– talmente , lib. ,. trae. 1. fecc. 4, in tota. Los que hazen jurar a los Indios en juizio, y fuera dél , pecan mortalmente , Hb. 2., trat. 1, fecc. 5. num. r. Hazer agravios a los Indios , es pecado Bb b b b más.

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