Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
que contiene efte Libro. que efiá Jexos del Pueblo ? Jib. 4. tr. 4. E. Ieee. 1, in tota. Si los Dofüineros, teniendo apellados fus Feligrefes , eftarán oblígados con peligro de que fe les pegue la peíl:e , a adm1oi– ftrarles los Sacramentos, lib. r. tr. 4. fecc. 18. in tora. Breve advertencia de como los Dofüineros que viven retirados en momañas, fe han de aver en el exercício de fu oficio , no teniendo a quien confulcar las dudas que fe ofrecen , hb. s. tr. 4. fecc. :z.o. Si el Doétrinero podrá ufar de opinion me– noi. probable, y menos fegura enmateria de Sacramento, dexando la mas pro– bable, y en que cafos , lib. 5. trat. 4. fecc. 1 :z., Dolor. Que dolor es menel\er para que fea vali– da la confeffion y lo que harán los Con– fclfores para abíolver lin efcrupulos a los Indios, y Negros bo~ales , que fe van a confelfar fin dolor de fus pecados, ltb. 3. tr, 3. fecc. i. in tota. De que conjeturas fe podrá valer el Con– fclfor de Indios , para prefumir <}Ue tie– nen dolor bailante para fer abfueltos , Jib. 3• tr, 3. fecc. 6. Varios "Jocablos de D. Pueden los Sacerdotes dotar a fus hijas ex• purias con las remas Eclefiafiicas de íus Beneficios, lib. 1. tr. 5. fecc. 4. n. 3· Q.uando adquieren domicilio los Indios forafieros , y vagamundos, para que el· Curo los pueda cafar , lib. 3. tr. 7. fecc. t. in tota. Si los Indios muchachos , y viejos eílán obtigados a oir Miffa los Domingos, y Fie1fas , y quales fean las de guardar pa– ia ellos, lib. 4. tr, i. prolog. num. 6, . Edad. L A e_dad del Parocho ha de íer madura • hb. , . tr, 1. fecc. 2.. num. u. Edad madura es Ja de veinte y cin<.o aíios no cumplidos, porque baila que Jo aya comen~ado , ibid. Sin tener veinte y cinco años podrá alguno obtener Iglefia Parochial, fi efta ellá ane· xa a Beneficio que no pide tanta edad, lib. 7. tr. 1. fecc. 2.. num 1 •• la edad madura , y la vir~ud fon primero que la fuficiencia para obtener Curatos , ibid. num. u. Ediélo. los ediél:os fe ponen por tiempo feñalado en la puertas de la Jglefia Cathedral, y en el mifmo Curato, 1íb. 1. trat. t, fecc. , i. num. 18. Para las Doéhinas de religiofos , que fe llaman Regulares , no fe ponen ediltos , num. 19. No e~á obligado a denunciar el que oye edsél:os generales lo que fabe por infor. me de Indios , lib. 5. tr. :i.. fecc. 7. n. i. Edificar. El modo que ha de aver para edificar las Iglefias, cafas , y oficinas de los Do– étrineros de Indios , lib. i. tr. i. fecc. ó. in tora. Eleccion , y eleélo. El que fuere eletto Parocho, affi de Indios, como de Efpañoles , ha de fe r primero examinado con ella diferencia, que el Clerigo ha de fer examinado en concur· fo, lib. 4. tr. t. íecc. :z. n. 6. El efülo que fe guarda en las elecciones de Curas, o Doét_rineros , fegun cedulas de fu Magefiad , lib. 1. tr, r. tecc. i. n. 1 s. El elcéto para Cura haze la profeffion de la Fé delante del Obifpo , quando fe Je dá la colacion, y Canonica inftitucion, . ibid. zzzz i.
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