Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Indice de las cofas no~ables , < util.idad , lib. 1. trat. 2.. fecc. 1. num. 1 o. JI. u. y 13. El Dolhinero ha de obfervar tres condicio– nes en la affillencia de íu Doél:rina, y fon affi!fo en fu propria Iglefta , por fu pro– pria perfona , y con aífülencia continua, ibid. num. 14. El Doéhinero que dexa todo un dia fola fu polhina, y fe aufenta, peca mortalmen– te , fi en ella no ay Sacerdote que pueda fuplir fus vezes, ibid. num. 17. El D0él:rinero aunque affilla en fu Do– étrina , fino la firve perfonalmente , aunque tenga Coadjutor , efiá oblíg.a– do a reílituir los frutos, lib. 1. trae. i. fecc. 1.. num. 1. No cumple con fu obligacion el Doétrinero que dexa todo el trabajo al Coadjutor, 1ib. 1.. tr. 1. fecc. 3. num. t 1. los Doél:rineros que ·tienen anexos a fus Doéhinas muy retirados , y diílames , y folo los vifüan una vez al año , no pecan mortalmente, lib. 1. tr. 1. fecc. ~- n. ~. Los Doéhineros que tienen·anexos diftan– tes , y no los vifitan mas de una vez al año deben llevar los frutos por entero , ibid. num. 4. Deben los Curas enfeñar la Dofüina Chri– fliana a íus Feligrefes , lib. 1. tr, 4. prol. num. 1. los Doll:rineros de Indios efian obligados a affiílir a los moribundos, y ayudar– ·Jos en la hora de la muerte , lw;" f. tr. 4. fecc. 4. in tota. Eftá obligado el Dofüinero de Indios a enfeñar a algunos a que fepan ayudar a bien morir, para que fuplan fu defc:éto, ibid. num. 1. Qual es la Dofüina Chrifüana que han de cnfeñar los Dofüineros , y Curas de lndios a füs Feligrefes,- lib. 1. tr. + fecc. 9. num. r. :El _D·ofüinero que no enfeña la Dofüina , como fe lo manda el Concilio , peca mortalmente > ibid. nurn. f. . ·tos Doétrineros deben dar en limofoas )a c¡uarta parte de füs rencas , y . efií\ .. . . . quarra parre fe entiende de los eftipen. dios , y primicias, no de obvenciones, ni de bienes patrimoniales, lib. J. tr. f· íecc. 1. num. 8. Porque cauías fe ·pueda poner Coadjutor al Doétrinero , lib. i. tr. 9. fecc. 3. in tota. El Doétrinero que no enfeóa a fus Feligre– fes la Doétrina Chrifiiana en fu lengua , peca mortalmente , lib. 2.. tr. 10. fecc. s•. num. 5. Que deben hazer los Doétrineros con los teftamentos íolemnes de los Indios , y como fe han de aver en ellos, lib. 1. tr. 11. íecc. 1.. num. 5. Si quando muere algun Indio abintefiato, podrá eJ Doél:rinero entrar en el quinto de los bienes, para hazer bien por fu al· roa> lib. 1. tr. 11. fecc. 4. in tota. Por cuya cuenta corre el no efiar bien do– étrinados los Indios en algunas partes, lib. 1.. tr. 8. fecc. 7. in rota. Pueden los Doétrineros falir a defcubri– miemos, y conquifias , con licencia de fü Prelado, lib. 1.. tr, 9. fecc. 1. num. i. No queda irregular el Doltrinero que en guerra j~fta, y defenfiva mata, o mutila algun miembro, lib. 1.. tr. 9. fecc. 7. n. 1. Deben los Dofüineros feñalar Padrinos pa. ra los Bautifmos , para evitar incefios, lib. J· tr. 1. fecc. 18. num. 1. . Lo que ha de hazer el Doél:rinero en ínate· ria de difpenfaciones, lib. 3. tr. 10. fecc, 10. num. 6, Pueden los Doétrinerosde Pueblos retirados ~n algunos cafos difpen(ar con fus Feli– grefes , para pedir el deb1co , aunque no tenga poteflad delegada del l'apa, ni del Obifpo, lib+ tr. 10. fecc. u . num. i, Si los Doétrineros tienen obligacion a dar la Comunion a los Indios , lib. 4. trat. 4• fecc. 3. El Dolhinero tiene obligacion pena de pe– cado mortal de comulgar a los Indios in articulo mortis, ibid. num. I I , y 11.. Q.ue hará el Doétr_inero que de noch~ le ,piden la comwuon para una etlanc1a , que

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