Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

indice de las cofas notables , rnentos en c~fo de neceffidad ha de ha– zer Aéto de contricion, para no pecar morral111ente, lib. 1. tr. ; . fecc. I L, n. 6. Que fe ·debe hazer quando eltán dos Sa– .cerdotes defcomulgados en un Pueblo , y no ay con quien confeífarfe , fino el uno al otro, Jib. 1. t¡at. 3. fecc. r 3. o. I, 2,.. y 3• . Dignidad , y dignoJ'. La dignidad no fe roma ío1ameme de con· ciencia , fino de la edad, y buena vida, ;¡b. 1. tr. 1. fecc. i. num. 17. Los fogetos mas dignos , han de fer nom· brados , y. eftos g.ra4uandolos, fegun Cus merecimientos en la eleccion de Curas, ibid. num. 18. L~ e1ecci'on·del digno dexando al mas dig· no para Cura, no es nula, lib. I, tr, t, fecc. 17. IJ.Um, 1, · Difpenfacion , y difpenfar. No puede difpenfar el Pontífice , para que : quien· no fabe 1a lengua materna de los ' Feli_grefes_ p1,1~da fer Cura, lib. 1. trae. 1, fecc. 1 1. rr. 'I :· Que cofa e~.difpenfacion , fu definicion , y .. explicacion, lib. 1. tr. 7. prolog. n. 1. Pueden los Curas ,difpenfar con fus Paro– . chianos , en quanco a la obfervancia de los preceptos Eclefiaílicos en opinion probable , num. 2.. ibid. Tambien . puedén en probable ~pinion . difpenfar en los yotos , y commutar– los , menos los que e(l4n refervados ; num. 3. ibid. Puede díípenfar el Parocho con íus Feli– grefes en el precepto del ayuno, y en que cafos, lib. 1. cr. 7. fecc. 2,. n. x. Puede el Coadjutor , o. Teniente de Cu– . ra difpenfar lo que puede el Cura, ibid. num. i. E.l Parocho , dize Reginaldo, fe incline . mas a difpenfar con piedad ' .que a negar la difpenfacion con efcrupulos, lib. x. ti', 7. fecc. 3. num. r. . . ~ue. caufa$ fean bafiílntes para que el Cu-· ra difpen(e _con fus Feligrefes tndios 1 dandoles licencia para no ayunar, y co, mer carne , lib. t . tr. 7. fecc. 3. in tota. la diCpeníacion del Parocho , no folo es declaracion del impedimento que tiene para ayunar> o comer carne, fino es relaxacion de la ley , ibid. n. 1: El Sumo Pontífice puede difpen far , que donde no ay vino fe celebre fo lo confa– grando en pan > lib. 3. trat, 5. fecc. 1 • num. 7. Los Indios etlán difpenfados por Bula· de Paulo III. para que fe puedan cafar den– tro de tercero , y c¡uarto grado de con– fanguinidad , y afinidad , lib. 3. u·. 9, fecc. i. num. 1. · Si avrá cafos en que pueda difpenfa.r el 0Qifpo en impedimentos dirimentes pa. ra que fe puedan cafar ? lib. 3. t.rat. 10. fecc. 4. in tota. ,¡. pueden fer difpenfados para el matri– monio , como los Indios , y Mellizos , los Quarterones, y los hijos de Efp,añol, y Quarcerona , que llaman Puchuelas l lib. 3. tr. 10. fecc. 5. in tota. Si pueden fer difpenfados los Mulatos hi– jos de Negro , · y de India, y los que fon hijos de Efpañol, y Negra, Jib. 3. tr. 10. fecc. 7. Pueden fer difpenfados para el matrimo• nio en el impedimento· de cognacion efpirirnal, y' de _publica hoaefüaad los .. Indios , Meftizo~ , M.ulatos , Q_uarter?· -nes , y Puchuelas , ltb. 3. 1 o. fecc. 8. ,,.. tota. Qualquiera de los fübtedichos que tuviere dos impedimentos, puede fer diípeofado, ibid. n. 4. ·· ' Sj podrá ~l Obifpo difp~nfar para revalidar · el matrimonio ya celebrado , pero nulo por algun impedimento dirimente , líb• 3. 'tr. ro. fecc. 10. Advertencias importantes para ufar de la ·p·otefiad, y privilegio de'difpenfar, lib. 3. tr. ro. fecc. Jr. . En las difpenfadones ba(la querer el Con– fe1for dif renfar, no es meaefier forma . e de

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