Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

que contiene qle Libro. El Cura efiá obligado a adminiftrar lo, Sacramento~de Bautiiino , y Penitencia in articulo mortis, aunque fea con riefgo de fü propria vida, ibid. num. 5. El Cura que a~otó a fu Feligres por deli– tos , fi mue-re de los a~otes , no queda irregular, lib. r. tr. 4. fec c. 3. num. i.. El modo que han de tener los Curas , y Doéhineros de Indios , en corregir , y cafügar fus culpas , ibid. num. 3. Los Curas eflán obligados a affifiir a los moribundos , ya ayudarlos, lib. 1. tr. 4. fecc. 4. in tota. Los Curas que a. quaiquier enfermo que van a confeífar , los olean fin difüncion , por no volverfe a poner en camino, pe– can, lib. 1 . tr. 4. fecc. 7. num. 1. Pueden los Curas en Jas enfermedades graves dar la Extrema-Uncion a los In– dios , quando los van a confeífar , ibid. num. i• Peca mortalmente el Cura que trata con afpereza a los que le llaman a confeífar a deshora a Jos enfermos, lib. 1. trae. 4. fecc. a. num. 1. Deb_en los Curas enfciíar a los Indios poli– cía , y modo de vivir humano , lib. 1. tr. 4. fecc. 10. num. 3. Puede el Cura para evitar pecados en fu Dolhina cafügar a los Indios con a~o– tes , y otras penas, lib. 1. trat. 4. fecc. u. num. 1. El Cura de Indios que por confeífarlos , fiendo muchos, ocupa en efto el tiem– po de la Quareíma , no peca fi dexa de rezar las Horas Canonicas , lib. 1. tr. 4. fecc. 13. num. 3. Los Curas eftán obligados a dar de limofna Ja quarta parte de fu renta , lib. 1. tr, ~. fecc. 1. num. 6. El Cura que compele a los I ndios a que ofre~dan las·Pafc uas , y el dia de los Fi– nados , y otras Feftividades , peca mor– talmente, lib. 1. tr. 6. fecc. 1. num. 3. No obftante la cofiumbre de muchos años , no efián obligados los Indios las Pafcuas, ni los Curas tienen derecho de ,obiar las ofrendas , como fi fueran debidas , lib. 1. trat. 6. [ecc. 1. num. 6. No pueden J lev&r fos Cura~ en co~cie~cia. muchas cofas, e impofic1ones man1ca– mente introducidas , lib. 1. trat. 6. fecc. 2.. per totam. Los Curas , y Corregidores que con rue~ gos imporcunos, ó amenazas; o dando:\ entender , que no ferán fus amigos, les facan a los Indios lo que tienen , o los hazen confencir en las impoficiones que entablan , efián obligados :\ refiituir to– do aquello que por ellos medios les qui– tan, lib. x. tr. 6 , fecc. 3. num. i.. Como conocerán los Curas la ofrenda que es dada voluntariamente, y como refii– tuir.in lo violento , y ufurpado, lib. 1. tr. 6. fec·c. 4, in tota. Pueden los Curas en probable opinion dif– penfar con fus Feligrefes , en qu:mto a la obfervancia de los preceptos Ecleftafü– cos, y difpenfar en los votos , y commu• tarlos, lib. 1. cr. 7. prolog. n. 2.. y l· Si un Cura podrá dar licencia a un limpie Sacerdote que no tiene aprobacion del Ordinario , p~ra que pueda confelfar 3 fus Feligrefes , Cabiendo que es digno , lib. 1. tr. 7. fecc. 1. num. 3. 4. y 5. l os Curas de Indios que efián muy dil'tan– tes del Obifp_o, pueden aprobar al Sacer– dote que hallan doél:o, y digno, y en que cafos , ibid. num. 4. Los Curas fon fuceffores de los Íetenta:, do.s Difcip.ulos de Chrifto, lib. r. tr. xo. prolog. num. 1. Las penas que tienen los Curas que tien~rt tratos, y contratos, lib. 1. tr, 13. fecc. 3. in tota. El Cura que en fu juri[dicion fembráre fi11 licencia del Obifpo , debe fer caftigado como negociante, lib. t, tr, 1 3. fecc. 5. n. I, y ?., Si el Cura no puede fufientar la vida , o la ha de paffar con defcomodidad , fi · no fiembre , compra, y vende , pUede en efte cafo nego,iar, lib. 1. trat.) J, fe"· 6. uum. 3. Yyyy 2. La

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