Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
que contiene efte Litro. que oyan Mitra los Feligrefes, lib. 3. tr. 5. fecc. J. num. 2.. Si valdrá la confagracion de las dos efpe– cies, aviendo alguna mutacion en las pa– labras> lib. 3. tr. s. fecc. 4. La confagracion de los Obifpos en las In– dias fe puede hazer por foto un Obifpo , lib. ·s. tr. x. fecc. 1,4, Corregidor. Los Curas , y Corregidores deben fer blan– dos, y amorofos con los Indios, lib. 2.. tr. 3.fecc. u. intota. El Corregid9r , y Alcalde que vedan en fus difiritos la entrada de mercaderes , que van a vender ropa ) ya comprar los frutos de aquellas tierras , pecan mortal– mente , y ellán obligados a la refütt1- cion , lib. i. tr. 10. fecc. 6. num. J• La obligacion que tienen de refütuir los que a los Corregidores nuevos aconfe– jan tratos ilícitos , y de que fe figue daño a los Indios, lib. :r.. cr. 10. fecc. 7. Si efiá feguro en conciencia el Corregidor , o Juez, que al tiempo de fu refidencia por via de concierto paga la mitad de las demandas que fe ponen los Indios , lib. ,. tr. 10. fecc. 8. in tota. Obligacion de los Juezes de refidencia de Corregidores, lib. 2.. tr. 10. in tota. · Conformidad. Es tan necetfaria la conformidad entre los Minifüos que convierten Gentiles , que Inocencio Tercero mandó que todos, aunque fuelfen de diferente profeffion , traxelfen un habito, lib. 1 , tr. 10. fecc . 3. num. 14. Por efio mifmo, y porque fueífe adelante la conformidad, Clemente Olbvo def– pachó Bula para que folos los Padres de Compañia de Jefos entraffen al Japona la Converfion , y enfeñan~a de elfos Gen– tiles, ibid. num. rs, Comutacion. La comutacion de una cofa en otra es lid- ta , lib. 2.. trat. r,.. fecc, 3. num. t • Colacio,s• .Quando fe dá la colacion , y Canonica in. íticucion al elelto para Cura , d.ebe hazer. Ja profeffion de la Fé, lib. 1. trat. t, fecc. 2, . num. 18. Por la colacion, y Canonica inílitucion fe.– coníl:iruye el Dofüinero formalmente Pa– rocho , lib. 1.. trat. 1. fecc. 4 . num. i.. La colacion , y Canonica infütucion , es cofa efp iritual , ibid. num. 3. La colacioo , y Canonica infticucion hecha al ftmoniaco del Curato que compr6 , es nula , Jib. 1 . tr. 1 . fecc. f· nu-m. J· La colacion , y Canoni'ca inftitucion he– cha al que no fabe la lengua de los que ha de dofüinar , es nula, e irrita , y con– tra derecho natural , lib. 1. tr~ x. fecc. 10 . num. , . Comiffariot. Los Comitfarios de Cruzada , ft podrán ert eftas partes difpenfar con los ilegitimos • para Ordenes, y Beneficios? lib. t , ' trae. L fecc. 1.0. · . Compoflcion. . Si podrán componerfe por Bula de compo• ficion los Sacerdotes que aviendo recibi– bido muchas limofnas para Mitras , M fe acuerdan a quien las deben , lib. ·s, t ratat. 1. fecc . u. -- Cognacion efpiritual. Que cofa fea cognacion efpiritual , fu de- ...... iinicion, y explicacion, lib. J· tr. 1 0. fecc. 3. num. 1. Si .concrahen cog[lacion efpir.icual los Indios que fon padrii,os en Bautifmo , y en Con– firmacion, ignorando que fe contrahe pa– rentefco , lib. J; erar. 10 . Íe(:c. 3. Colegio , y ·Colegial. Si los Prelados que dan las Becas de los Co· legios Seminarios a perfonas ricas, fi pe– can ? lib. 5. rrat, +• fecc.. 11. Yyyy Si
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