Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

.,6 88 1tinerar.io¡ ara P.arochos .de Indios 1 del cap. qttod quidam 1. qu111ft. 1. cap. qui de confecr. dift. 4. y cap. confirma, diftin. 50.De que infiel'en, que como el Sacramento de la confirmacion confiere caraél:er , e-orno el Baucifmo , fi los que fe bautizan dos vezes quedan irregúlares , como confia de los textos citados , cambien los que fe .confirman ; pero no convence efte argu– mento, porque fe diífuelve con facilidad , .con una doéhina , que nadie puede ne• garla, por fer comun de ·los Doél:ores: y l!S , que las leyes penales nunca fe extien. den a los cafos femejances , ·y aunque fean peores los pecados : y mucho menos fe han de entender en la irregularidad , que en otras penas , por quanto eíl:a falo fe in– curre en los cafos expreífados en <ierecho , .como fe colige del cap. is qui,de fent.excom. ir. fexto , y affi lo notaron Suarez de cenfu– ris ,di{put. 2.8. difp. u. & difp. 38.feéf. r. Machado lib. 3. part. 1. traél. 3. docurn. 3. num. 5. §. Si -tambiers. E!ta opinion que afirma · , que los confirmados dos vezes quedan irregulares , Ja tienen los' que re– fiere Covari:ubias in Clement.ina fi f'urio {us i n princ. num. 1. d.onde refiere a mayor , ,Antonio Part. tit. i .8. cap. 6. Ricardo num. 4. diftit,. 7. art. s. quieft. 1. y otros .; pero la opinion contraria es más proba– ble, y [e confirma mejor con el derecho: y affi hemos de dizir, que el Indio , o otro qual~uíer.a que fe coofirmó dos vezes , no quedo irr~gular : eft.a (entencia no tiene otro fundamento más fuerte con que pro– barfe, fino ~s la folucion con .que r.efpon– de al fundamento de la opiníon contra– ría: los Autor~s q.9e la en(eñan fon Ga– briel quieft. unica, art. 1•. dub. S· Paludano· " dift. 7. quieft. 1., Soto num. 4. diftin. 7. 'JU<11ft. ~. y Covarrubias. in .clem. fi furio· Jus ubi r,efert , prQ h11c [en,. Cafirum, & Turrecremacam. ., S E C CIO N X VI. Si los Indios Gentiles , que juflament, fueron cauúvados de los Fieles, pue– den lícitamente huir/e del poder de j'us amos fin 9.ue en ello cometan algun. pecado? S Uelen muchas vezes algunos Gentiles emrarfe de mano armada a matar , y 1 robar los pueblos , que ellán más comar• can?s a fus cierras , Calen a la defenfa , y al calhgo los Indios Fieles, y con algunos Ef p~ñoles , por los danos recibido.s, las apnfionan, y los trahen cautivos , por no matarlos , y fe firven dellos , como efcla– vos , pregunta(e , íi ellos íe huyen de fos amos·, fi en ello han cometido algun peca· do ? Refponde :\ e!ta du.da el Padre Mae· ftro Candido en fus difquifi.cione, morales de bello, difp. 7. artic 7. dubio 7. que fiel tal cautivo huye de la cafa de fu amo , fin hazer fuer~a , engaño , ni refi ll.encia al– guna, que no peca , y que lícitamente lo pu~den liazer : fu fondament~ es, porque el eíclavo que affi huye, no pnva al feñor de fu poJfeffion , porque los que cautivan en guerra a alguno , en canco tienen poífeffion dél, en quanco le tienen en cultollia, y guar1a.: y la razon de e(to es , porque Ja cond1c1on de los efclavos , es miferable: y fiendo miferable , es odiofa , y violenta, y fiendo affi , fe ha de relhingir , como confta de aquella regla del derecho in[ex. to, que dize : Odia reftringi , & favoret convenit ampliari. Y aai aunque la poffef– fion de las demás cofas no la pierde el feñor en qualquier parte que fe halle la ta·! cofa: no es affi en los cautivos, en la guerra , porque el dominio , y poífeffion 'en ellos no dura más que. mientras los tietien en guarda, y cu!l:odia. Contra eíl:a doél:rina fe haze un fuertez argumento , y es en ella manera : fi es licito

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