Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
Lib. V. Mifcelancas , Trat. 1 V. Secc. I X. mento alguno dirimente, y fe vienen a vivir entre Chri!l:ianos , querierdoíc bautizar, pueden vivir juntos por quamo el matri– monio fue valido , pues fe celebró confor– me a la leyes etlablecidas en la parte que fe caíaron ; pero fe ha de advertir , que ft efie matrimonio re celebró encre hermanos , fe J1a de dirimir , por aver fido nulo, como lo clize, y ordena el Concilio Limenfe 111. a/1. :.. cap. s. y fi dicho matrimonio fue celebra– do entre legitimas perfonas : luego que fe bautizen , deben los contrayentes ratificar– le, como lo difpone el Concilio Limenfe 11. en el St4mar. p. 1,, nz,m. 36 . y ello Jo ori:iena affi el Concilio por fi huvieífe en él alguno impedimento : y fi alguno huviere contrai– do matrimonio con muchas mugeres , con– forme fu ufan~a, aviendoíe conYertido , con la primera ha de permanecer , co– mo lo dize el Concilio Limenfe U. num. 37. Y38, f Adviertafe , que íi los Indios fe cafaron en la Gentilidad , y palfaron a vivir entre los Chriílianos, fi alguno de ellos pufielfe demanda de nulidad, por dezir, que fuma– trimonio fu e nulo, por aver Cido concraido con impedimento dirimente , de efta cauía debe conocer el juez fecula r , por guamo toda ella Jo es , y no tiene cofa eípiritual, de qtte pueda conocer el juez Ecleliaílico : ita Sanchez de matrimon, tom. ;i.. difp. 3. numero 10. lib. 7 , , Digo lo quarto, que fi algun Catholico fe halla(fe entre Gentiles , y quilie!fc caíarfe alli, efie tal fe dcbecafar fin los impedimen– tos que tiene eftablecidos la Iglelia , y no bal\aráque Ce cafe fin los impedimentos que ufan los Gentiles en aquella parce, y fi fe ca– fare con algun impedimento dirimente de los que tiene prohibidos la Iglefia , el tal matrimonio íerá nulo ; la razon es, porque los preceptos de la Iglefia , obligan a Jos hijos della en qualquier parte que fe hallen, y affi aunque los Gentiles eílando entre Chrifüanos fe pueden cafar, y deben, fegun fe caían los Chriftianos , porque la ley gue los obligava en fu tierra, no los obligél tiie~ ra della; pero a los Cath0licos como los obliguen las leyes de la lgleúa, en qualquie– ra parte que affiflan, efiando entre Gentiles, y queriendo[e cafar alli , ha de fer fin los impedimentos dirimentes que tiene efiable– cidos la Jglelia; ita Pedra~a in furn. prtec. 3. §. r 4. Ludovicus Lop. p. 1. c. p .. §. unaqua– que Civíras, Ledefma z.. part. qu. 1 5. Eman. in fum. :i.. ediél. tom. 1. cap. ui. num. 1.. Sanchezde matrimon. tom. i. difp 3. lib. i. Adviertaíe que 1i un Chrifiiano fe cafa 7 con una muger Infiel, y·huvieífe pleyco en– tre ellos, fobre el valor del matrimonio , o fobre el divorcio, y feparacion , fe ha de atender a quien es aélor entre los dos,porque fi e] aélor es el Infiel, debe.convenir al otro en el Tribunal Ecleftafüco , porque entre los Chrifüanos, los jüezes delas caufasma– triiponiales, fon los Ordinarios, pero fiendo el ador Chrifüano, debe convenir al Infiel en el fuero fecular, porque conforme a de – recho , fegun fe colige del cap. fi Clerici, cap. cumfit genera/e deforo, compet. el altor ha de feguir el fuero del reo, y el deman– dante el fuero del demandado. Digo lo ultimo , que 1i ellos que fe cafa. 8 ren entre Fieles fueren Indios, deben cafar- fe conforme fe cafan los Chriílianos ; y li fueren cafados en el Judaifmo, y converti– dos íe bautizaren , es neceJfario queriendo vivir juntos, y profeguir en el matrimonio que fe cafen nuevamente , fegun las leyes dela Iglefta, por quantoel matrimonio que celebraron en el Judaifmo , fue irrito , y nulo , pues no fe celebró conforme a leyes que huvie!fen puefto, y eftablecido fus íupe– ·riores , pues nunca 1-os tuvieron defpues de la venida de Chriílo , como fe colige del cap. 3. de O feas, donde_dize : Sedebunt Filii Ifraet, fine Rege, & fine Principe, & f,ne Sa– crificio , & fine Altari, &c. Y 1i dixere al– guno, que en el cap. 18. del Levitico efrar1 feñalados los impedimentos, y calidad que ha de tener el matrimonio entre los Indios. digo , que efia ley efpiró con la que Chrifio Señor nueítro nos dió, y rubri– , ó con fu pre, io!iffima Cangre en la Cruz . con
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