Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

ltinerario para Parocbos 4e Indios, Obifpo d-e elle Obiípado de Qµito, que en cierto cafo hizo notificar a un Gobernador ladino, y entendido fu mandato , y atli dize el Dean de Guatimala , el Doél:or Don f.eli– pe Ruiz , en un tomo manufcripto en el Con/cjo 44. n. 3. N ihilominu1 dico,quod fi con– venerit, ut fi darentur aliqui ínter eo~ qui e(– fent perfpicacu&criminaeorum id exigerent, velad id effet urgenmeceffi_ta1 , procederepof– f ent , utfati1 probatur per haéi-enu1 diéla: que íi el fl;!geco es tal como un Eípañol entendi– do, y capaz , no fe feguiran los inconve– veniemes que pone el Concilio Limenfe. a Y fi los Indios no ~ieneo privilegio para no Íel' defcomulgados, ni incurrir en otras cenfuras , como queda probado en la · sec– cion immcdiata , y por otra parte fon Chri– füa nos, y como ,tales fogetos a los man,fa– tos de la fglefia, fiendo capaces tanto , que pueden conocer , que la inobediencia a los fu perioi'es, debe fer caftigada , no admite duda, que podrán incurrir en las penas con que la Iglefia cafiiga a los inobedientes, que fon la def.comunion , y demás cenfuras , y aunqu~ el Concilio Limenfe arriba citado prohibe , que fe defciernan cenfuras contra los Indios , efto fe ha de entender , quando los tales fon rudos , e ignorantes de los efe– ~os que caufan las cenfuras ; pero no cie aquellos que fon tan ladinos , y tie,nen tan– to conocimiento de los males que acarrean al alma las defcomuniones , como los más en.rendidos Éfpafíoles , y contra Indios defta· calidad , bien podrán los ~r~inario~ en al– gunos cafos , y de mucha 1mponaoc1a pro• ferir cenfuras contra .ellos. s E e e I o N v. Si los Indios Izan 11Z1nefter la Bula de /a Crutada, para goz.ar de las difpen– faciones , y otros indultos , que l,s kan concedido los Pontífices ! giofos muchas facultades , 0 para ccn los na.. turales , y dudan muchos , ft han mcneficr .f los Indios fa !ula de la Cruzada para go- •: zarlos , y los Minithos Eclcfiafiicós tambicrt para _ufar d_e la faculta~ , que por indultos .. e_[pe:1ales uencn par~ d1f peníacíones , habi- ' litaciones , y abfoluc1ones con los Indios , y rio c;arece de fundamento la dificultad , , pues por la fufpencion general que haze de todos los privilegios el Comiffario de )a I" Cruzada , quedan fin fuer~a los que eftán 1i concedidos a los Indios que no tienen Bu• :. la. A efia duda refpondeté por conclu- ; iioncs. ,,. Y fea la. primera, en quanto al privilegio t: ·¡ de Paulo III. que refiere el Concilio Li– menfe II .Secc. 3. capit. 69. en que fe les con- ,.. cede a los Indios caíarfe en tercero , y quar- to grado de afinidad. Digo , pues , que fin tomar la Bula., pueden los Indios _gozar de :! la difpcnfacion del Papa : lo qual 1e prueba con una valiente razon , y es , porque eíle favor, y gracia entre los Indios, es Derecho comun, y eíta Bula que difpenfa en terce- ' 1 ro, y quarto grado para el matrimonio,más es extravagante, y Derecho comun , quo privilegio. Pongo por exemplo: Quando los impedimentos del matrimonio fe extien– dan ;\ fiete grados ; lnnocencio III. los rc– duxo a quatro , y quedó eílo por derecho : afil tambien Paulo Ill. los quatro grados de impedimentos que avía, los reduxo al primero , y fegundo grado para ccin los In– dios : luego ferá derecho éomun lo que hi- zo Paulo III. como lo que ordenó Inocen• cio III. Cafo es eilc que refolvió en Mexico el Ari;obiípo Don Pedro de Moya , y el Pa– .dr~ Fray Alonfo de la Veracruz, el qual dize , que lo confultó con hombres muy d~ él-os en Efpaiía , y en las Indias, y todos fuerbn de eftc parecer. J H Allanfe muchos privilegios conced~– dos ~ eUos, y a. lo, Obifpos , y Reh• Efie mifmo di ícurfo , y razon fe puede 3 hazer en quanto a los privilegios concedi– dos por Bulas dePaulo III. de que hazemen• " cion el Concilio Limenfe IJ , Secc.3. cap. 90. ~ . & , 1, de que no tengan obligacion de ayu· llar mís de los Viernes de Quarefina , el sa.~

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