Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

666 Itinerario para Parochos de Indios, d~bito ; en efte caro, ni incurre la una pena, n1 la otra , que la ignorancia que tuvo de ambas , en particulal' le libra , como dizen Porte!, Navarro Manuel Rodríguez, Curie!, Valencia, Enriquez, Suarez, y Thomas San. chez lib. 9. difp. 31. num. 3 t . & Quintana– dueñas fingul. traa. 9. num. 4. Ad incurren– das cenfurat non fuffiG'it, quod fciam effe pro· híbitum a j ure hoc,vel illud,fub atiqua pr.ena Jed eft necefJarit4m,utfciam prohibitt{mfub iati piena (fcílicet) excommunicationit,&c.Que excufa no folo ignorancia de la pena , fino de la calidad de la pena, y para mi haze mu, cha fuer1,a el ver , que muchas vezes excu– fára a algunos quebrantar la leyes , fi cono– cieran la gravedad, y calidad de la pena: luego fi ay ignorancia de la calidad de Ja pena con que eftá puell:o el precepto , no fe hallará en él contumacia neceffaria para in– currir efta pena , y affi no incurrió en la pri· vacion de pedir el debito , el que conocien– do que es pecado grave , y prohibido con penas el incefio , le comete , ignorando la pena _de no poder pedir el debito , y_ confi– g~ientemente le podrá pedir fin difpenfa • cton. 7 Y no folo fe requiere para incurrir efia pe· na , que conozca por mayor el inceftuofo , que peca con parienta de fo muger, fino que tambien ha de advertir, que efiá en el grado prohibido , conociendo , que es el prime– ro , o f egundo de confanguinidad , que no bafta faber , que es parienta encomun : affi lo dizen Enriquez, y Q.uintanadueñasflngul. 1rafJ. 6. num. i. y· fe prueba con el excm– plo del que peca con una muger, ignorando el voto de cafüdad que ella tenia hecho : dl:e no comete facrilegio , ni otra pena , }>orque la ignorancia le falva. Affi tambien el que no repara, ni advierte en que efiá en primero , o fegundo grado la parienta con quien peca, no cae en la pena puefia al in- cefio de primero, o fegundo grado , lo qual fe prueba con el cap. cum voluntate, de{en. tentia excommunicationi1, y aquí la ('~lfa injuriam inferens euanfque cfrca perfÓnam , non amplius fua exiftimatiove puniendtu eft, que el que yerra la perfona injuriandola , ferá la injuria de la calidad, que es .la per– fona que juzgó injuriava : y affi fi juzgó que ponía las manos en un íeglar, y era Clerigo, no quedó defcomulgado. Doéhina es ella para mucho defcanfo de s los Confelfores de Indios, y gente ruftica , por fer muy ordinarios los inceftos de que fe acufan, y ponen en cuydado al Confeffor de averiguar las vezes que con efie impedi. mento ufaron del matrimonio con fus mu– geres, y bufcarles difpenfacion : y juzgó, que es muy raro el Indio que la aya menef– ter , porque comunmente ignoran Ja pena puefia por derecho: y aunque aprehendan que fon parientas, no aprehenden poco, ni mucho de los grados prohibidos , con tal pena en particular, que vienen a ignorar la calidad del pecado ; y dexan de caer en la pena : y efto fe puede creer probablemente, y aun con evidencia moral : pues es cierto, que no fabrán eftas calidades , que nunca oyeron , ni fe las enfeñaron , quando igno– ran los Myfterios de la Fé, que tantto les predican : y affi digo , que foto a los muy ladinos podrá preguntar el Confelfor ellas circunftancias , para ver fi con el conoci– miento dicho incurrieron en la pena de no poder pedir el debito , que a los Indios co, munes no , porque moralmente es cierro, que no tuvieron baftante conocimiento, y :l eftos tales no ay más que reprehendertes el incefto, por pecado grave, y dexarlo~ ; que en adelante ufen de fo matrimonio fin dif.. penfacion, que no Je han menefter los que por ignorancia del hecho, y de la pena, Y fu calidad> nol a incurrie;on• ...

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