Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
. ltinerario para Parochos de indios, ~ient poner debaxo de un mifmo yugo al Jumento , y al buey, porque efte llevará ar– raílrando al otl'O ,·que no puede; y mirando Paulo III. y los demas Pontífices , que han hecho deci:etos en favor de Indios, íu poca cap_acidad en entender, fragilidad en caer, inclinacion a los vicios , cotl.umbre en la li– bertad, y Nwphytos en la Fé de Jeíu Chd– .fio , que aun no tíene conocimiento cfpecu– lativo , ni prafüco de la ley? que profe1fan, para evit\'r culpas, y aliviarlos, como a ni– .ños, relaxaron, o remitieron para con ellos algo de las leyes Eclefiafücas pofitivas, deí– pacharon , y de[pachan Bulas extravagan– tes, que inducen Derecho , y tienen foer~a <le ley en ellas partes , como es efta Bula de Paulo III. que: refüinge los parentefcos , ·hafia el. tercero grado , y otra del mifmo Pontífice·, de que puedan los Indios comer huevos, leche , y otros laéticinios en dias de Quarefma,Sabado Santo, y Vigilia de Nati– vidad, y la que tienen de las Fiefias reduci– das a menor numero , que todas inducen De.recho, y tienen fuer~a de leyes en prove– cho, y utilidad del comun deftc Nuevo Mun– do , elfo es ley como dize Santo Thomas 1. 2.. q. 90. art. 7, Lex ejf ordinatio ad bonum commune ab eo qui Curam habet communíta– liS' , promuJgata. Deíl:e parecer han fido gra– ves Doétores, que cita Veracruz tacito no– mine: tambien la lleva Fr. Juan Bautifia en ·rus adve~tencias part. 1 • y con ella confidc– racion la Santa Sede Apo.flolica , defeando, ·como Madre pidiadofa,que eftos niños en la 'Fé , y planeas nuevai1 en la Iglelia , echen hondas raizes con el riego fuave de fos fa– vores, les ha concedido muchos privilegios: y que efte fue(fe el motivo, lo ~ize con ex– preffas palabras Clemente Vlll. .Ac Chrifti fi4etes iJJarum pareh,m tanquam tenore nov~ pJantationí.r palmites Juavi manfuetudinis imbre corrigere votent~s, Política pag. 1,3 9. ita Solor~ano. s A cerca defta difpenfacion hecha con los Indios en tercero, y quano grado, fe puede dudar lo que fe debe ha2er quando el Indio, que difta del tronco tres grados, y quiere cafar(e con ·una parienta colateral, que ditla del m1fmo tronco un grado , o dos ? refpon– d~ c~n 1 Panormitano , que en virtud delte pr1v1leg10 fe podrán cafar, porque aunque el uno efté diftante del tronco un grado , el ~tro e~á en tercero grado, y el parentefco ueneJus grados conforme difta el que eflá más lex?s del tronco , quod fi alia ab ftirpe Jolum diftet per. unum_gradum ! dum ipfoper tres , tales tn Jure d1cuntur dijlnre in tertio gradu. . s E e e I o N X X I I l. Privilegio , para que /os Indios ganen Jubileos. P Or breve de Paulo v. que akan~6 el 1 Rey Filipo 111. nuefüo Señor, permite fu Santidad , que los Indios puedan g~gnar, y ganen todas , y qualefquier Indulgencias , gracias, y Jubileos, folo con el Sacramento de la Confeffion: y enelConcilio ll, Limenfe p.1,.c.95. fe refiere otro privilegio de Pio IV. en que fe les otorga a los Indios , que pue– dan ganar qualquiera Jubileo, y otras qua– lefquier Indulgencias que requieren confef. fion, comunion, y ayuno, too que guarden el ayuno , y tengan contricion , y propofito de confetfarfe dentro de un mes, o quando tuvieren copia de Confe1for, h~c omnia So– Ior~ano, Politica pag. 1, 4 0. por lo qual no es nece1fario , que los Indios tomen la Bula de la Santa Cruzada. S E C C I O N X X I v. Otro privilegio para la confagrácion de los Ohifpos. ·r Ambien eftá difpenfado en las Indias 1 por Pie V. que la confagracion del Obífpo fe pueda hazer por folo uno , aun– que fegun el Derecho Canonico , fe requie. 1en;tres, poi lo menos, y es forma infütuida por
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