Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
Itinerario pana Par.ochos de Indios , Apoflolica, aunque fean Jos que fe contie– nen in Bulla Ccen.e Domini: y dize fu San– .tidad, que ufe de elta gracia , por la di– ftancia que ar de .eiras parces a.la Curia Romana, y para que fe excufen los traba- jos , y gallos de lo, caminos, y peligros de .la vida en largas navegaciones. Ella Bula original etl.á en el Archivo del Ar~obifpo, el Ilt1!hiffimo Feliciano de la Vega en fus Releccioner, pag. t. .94· num. 1 54.. dize, que muchas vezes fe ha ufado de efte privile– gio en los ca.fos que fe han ofrecido : Et fe– me/ atqu.e iterum praé1ícatum ~ in alíquibus cafi'bur occur.rentibur. ,. En el Hof pital , .e Igleíia Parochial de la Glorioíiffima Seiíora Santa Ana, en la Ciu– ~ad de los Reyes , ay un infigne privilegio que Paulo.IIl. .concedió vivte vocis Oraculo, en que foera .de Jubileo pleni!Iimo que ganan los q~e confeífados ., y comulgados .vifitaren .la dicha Igleíia defde las· primeras :Viíperas de la San~a, hafta fu proprio dia pueil:o el Sol., dando aJguna ·limofna para el dicho Hofpital , y rogaren a Dios .por el felice eftado.de la Iglefia Cacolica , paz> y concordia en.ere los Principes Chriftianos, pueden tambjen elegir Confelfor, el qual pu.ede el ciia de.la Señora Santa Ana, y.los tres antecedent.es abfolverlos de .qualef– quier pecados ., crimines , ·Y. exceífo$ , y delitos, aunque fean grav1ffimos, fuera de las cenfuras in Bulla C<.ente Domini : y lo que mas es , pueden los tales Confeífores difpenfar en todas irregularidades , y co– mutar+n.obras .pías todos los votos , ex– cepto el ·ultramarino , el de caftidad , y Religion : es grave pri.vilegio , en quanto a la difpenfacion de fas irregularidades , pues en la generalidad con que habla de codas, fin reftriccion alguna fe compre– hend.en todas, Jex qute ge11eraliter loquítur, genertilíter eft inte.lligenda., ut Jeg. de pretio .10. §. de public. in rem afl. pero efta gran· de poteftad es folo para el fuero de Ja con- ciencia , y no para el exterior. . 3 Enguanto a efte indulto , fe puede .du- dar , fi vale hafta efios ciemp.os . El funda· ment? de la duda es que eíl:a fue gracia que hizo el Papa vivdJ voci.r Oraculo,y eltán .ya revocados todos los vivdJ vocú Oraculos por dos Pontifices. El primero fueGreºorio X'( que .et aÍl? de mil y foifcieni'os y veinte y dos , a dos de Julio defpachó Bu– Ja revocatoria de codos. El fegundo fue Urbano YIU. que el -año de mil y fe&ien– .t?s }'. treinta y ~no revoc~ todos los pri– v1leg1os , y gracias concedidos vivie voci.r .Oraculo , aunque efl:én aucenticos , fella– dos , y firmados de qualquiera Cardenal , y fean ad inftantiam lmperatorif , Regum, & .Principum conceffa : y como efta gracia , v privilegio concedido al ,Hofpical , y .Pa·– rochia de Señora Santa Ana , es de ·etla calidad , parece qile e.ltará ya revocado , y no fe podrá ufar dél , porque comun– mente dizen los Doaores, que priviiegium fit nutlum , & invalidum per conc.edentir, vel iltiu~ fuccef[oris revocationem. Pero ftn embargo de lo dicho , tengo 4 por probable con Bonacina tom. ?.. de ieg. difput . r. quteft. 3.punfl. S.§. 3. num. 1.0. que fe .puede ufar del mientras no fe noti– ficáre a la parte del Pontifice la revoca· .cion : 1a razon es , porque no es de menor eficácia el vivdJ vocis Oraculo, que el pri– vilegio : y para que pierda fu fuer~a el pri– vilegio , no baíl:a la noticia partic~lar de la revocacion , fino que ha de fer por publi– cacion , o intimacion judicial hecha a la parte, como dize Sanchez CQn Boer. Re– bufo , y Antonio Cuco lib. 3. de matr. difp. Ja. numer. r 3. & difput.36. numero 9. Azor rom. 1. lib. 3. capit. 1.1•• qut:eft. 7. donde di• ze: Si privilegium fa{lum fuerit Parochite ~ fatis eft , ut revocatio promulgetur in Pa~o– cfria ; y mientras no fe promulga I y fe in– tima a la parte, es probable, que fe puede uf.ir del privilegio. SE C~
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