Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Lib. P. Trttt. l. Sccc. V. 595 como en las Cedulas referidas ao fe haie mcncion de lu Bula , Colo pretenden quitar el abufo, que parecía aver en ordenar ile– gitimos fin difpenfacioo del Pomifice, como dizc el llluítdflimo Don Fel,ciano de judi. ciif, nr,m. 1;~. Solor~ano tom. .a. de guber– nat. Indiart4rn, lib. ; • cap. z.o. que Bulla for[an in fupremo lndiarum Concilio pra!fen– tata non fuit, aut ej,u .notitia non habita. Y fe colige claro , que no fe tuvo noticia defie Privilegio , quando defpacharon las Cedu, las, porque dando deípues noticia el llu– llriffimo Señor Don Bartolome Guerrero al Con fe jo Real de lle Breve , no defpa.chó cofa en comra , por fer .en orden al prove cho eípiritual de Indios , que tanto .defea fu Magellad. f Advienanfe dos cofas importantes para el ufo delta Bula : la primera es, que folo el Papa puede difpenfar valide, iin cauías, co– molo d1z.e una Giolfa fingula.r in cap. requi. fitis § nifl rigor 1. quieft. 7. Navarro, Ga r– cía, Lamberto, y otros , pero losObiípos no: y aíu para que lícitamente d1ípenfen en vmud de!le Privilegio~ y otros, y fean va– lidas las diípenfaciones , es nece(fario, que tengan caufas para ello fufficicntes ; ad vtr– tiendo, que elta Bula de Cregorio XlII. pone por forma , y requi{ito para diípenfar con los ilegitimos , informadon de que Con ido. neos, hab1les, y doétos en la lengua materna delos Indios , como lo dize la miíma Bula ibi: Confideratis priu1 diligenter circumftan– tiit-:.intverfir, quie ciYca idoneitatem promo, vzndorum fuerint attendendie,fi aliar idonei, & juxtade,retaConci/ij Tridentini qnalifica– ti fuerint, & dí[lum Idioma loqui, & ineelli– gere fcive-tint. Donde fe deve reparar mu– cho, que quando fe falta en la forma, y mo– do, que dá el Pontifice para difpenfar contra el Derecho, es nula la difpeníacion, ut per gloff. in CJement. 1. verbo inh1bente1, y otros renos que trahen Bonacina y Mamica,Nam forma parmiffiva non fervata , fuccedit im– mediate forma deftruéiiva contraria, & aflur ·~ ipfo jure nuliur, y tratando defia mífma ~ !ida, y de la forma , que da el Pomifice enella para las difpenfaciones , lo dizc So– lerno ft4pra num. 4ó. & 47. Delta <ioétrina fe faca , que con el ile- ~ gitimo •que no fabe la lengua ma,.erna de los Indios , donde tiene domi, tlso , no po– drá diípenfar el Obiípo porque ·no e) 1 propolito para predicar, y conteífar Indios, que es el fin total del Poncifice ; y fi dif.. penfare , ferá invalida la difper.facion por averfe hecho contra la voluntad del Papa > y porque ce.f[ante cai{a priviteg;ii , cejfat privitegium. La !ecunda advertencia es • que los que 7 fon diípenfado por ella Bula , tienen obli gacion de exercirarCe en oir confdlic,nes de I ndios , no Colo quando la caridad obJj. ga , como los demás ·Sacerdotes , fit10 quafi tizulo juftitice , porque el Pontífice con eífe intento , y para effe fin les difpenfa y es explica.ca condicion , de que fe obligue el diípenfado a la eníeñan~a ; y conf~ffiones de Indios , y el que no lo haze , defraudó al Poncifice la primera íntencion que tuvo en d1ípenfarlo: y afil el que omnin0 huye dellas ocupacione$ , peca mortalmente con la miíma efpec1e de culpa , que comeder ft ordenandole fin difpenCacion celebrara , porque es probabiliffima femenci a la de Sanchez lib. 8. de muirim. difp . 30 nu,n. ro. donde dize , que fi a l principio cuvieffe efe. éto la d1Cpeníacion , pon1ue es valida, fi deípues faltó el fin motivo della paró, y (e acabó luego fu valor , y lo prueba con ella entimema formado de textos del Derecho > y autoridad de Do& or.es quando a_principio nu/la e!fot ca1{a,difpenftitio irrita tfjet,& ilti– cita:fa-goeodem vitio afficietur,fi, cef]iinte po– ftea caufa ,permaneat , que no es cre1ble, que · el Ponriftce quiera que le valga la diípen- . facion a aquel en quien efrétivameme fa!. ta el fin, que elfo era lo miímo quediípenfor fin caofa, y en la mifma dífpeníacion eflá. inclttfiva la condicíon : Dummodo caufa pe1·– maneat Pongo el excm.plo en el que fe fien. te con algunos achaques leves , fi el Ponti– fice díípenfa con él para que no ayune con ñn. de que adquiera falnd ; luego que la f fffi al-

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