Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Itinerario para Parochas· de lndios, opiniones fon probables , y ca.da una _tiene de fu parte razones, y Doltores que la apo– ya.o , y queda puerta libre para que cada uno figa la que mas le agradáre , pues· nitiguna eftá·difinida de Fé. · s E e e I o N V I "I~.. Si,po.drd el Cura abfolver,y, adm.inijlra~ la E,ucharijlia, y Extrema - Uncion– a.l que privad_() · de juiz_io.por la em•. b.riaguez. J cayó J y qpedó tal que. aun. dejj,tJ.es de. ella que.dé . privado.. 4e los Jentidos ?- 1 CAfo es eíle muy . _praéliéabl"e entre los- .Curas de Indio , por fer la embriaguez; comun en todos el19s. En.dos Beneficios· un Cura enterró. dos que ca-yeron tan def.? gra.ciadamente, que luego ef piraron fin dar fagar a. duda.s. A las que fe pueden ofre·– ccr, refpondo con tres cor.clufiones figuien– tes. ,. Primera concln!ion. En quanro ai Sacra· memo de fa Penitencia .refpondo que mien– tras no dá feñales de quereríe.confi:ífar, no puede fer abfodco , por faka de materia , que ella la pone-el penitente , y· entonces el Confeífór, haziendo oficio de ·juez, conoci– da la. cauía, aplica la for~~ , que defaca·. las hg.aturas del alma, d1ziendo : Ego te-. abfolvo, &c. 3 ºEn quanco a la Comunion ;· Digo , qt1e aunque fe- puede dar a:los que ·eílán locos, y privado~ de júitio , como fe"a a natf,uitate, . publicos pecadores'. o exc~mulgad~.. Pero·. a los q.ue con embna-garfe·. ellos m1fmos·, . fueron caufa de fu mifmo daño, y fo peca. do fue ocafion de quedar privados de jui~ zio, caycndofe~ o hirien.dofe ellos mifm!>s,a \ efios tales no fe les puede dar la Comunton ;:. la razones , porque perdieron el juizio en :aélual complacencia de la cmhriaguez, que es pecado mortal; aíli lo dize ·Zambrano de cafibu, occurr:entibustempore mortis-, c. J. dub; 4. num. J. donde diziendo , que a lo$ locos, que algun tiempo tuvieron ufo de razon , fe debe dar-la Comunion , D11mmo .. do non confte.t ciar~.; eoi·.in complacentia pee. cati mor;atis ,, ufum rationfr·amififfe, como. quando ra ramera puell:a en. la cafa publica para fus malos tratos con un. mal repentino . quedó:fin habla; Y: P !iva-da.de ¡uizio, a efüt no fe ha de-dar la Comunion, porque [egun . la preíumpcion húmana, el freneíi la cogió, en fu mi.fmo pecado. .: todo Jo qoal fe halla. en ·ei que efiando fuera de juizio por la em– briaguez, quedó para en adelante fin el uío d!! la razon, cogiendole efte achaque en pe– cado.: y.aunque graves Doélores dizen, que de qualquiera Chrifüano , que de ·repeme quedó·privado del ufo de la razon·, [e pue, de prefumir, que a ley de Chriíliano pide la– Comunion, y quc ·elta voluntad.interpreta~ tiva ·, balta para que íe le .dé ,, como dtze Z-aml:irano ttbi f upra, num. 7·. Sylvefiro, Ar– chid. & Angelés, fan Antonino·, Paludano , Angles,. Enriquez·, Suarez, y .otros , eífa ra~ zon no viene a ·pr0pofito en nueftro caío, . donde Ítiponemos , que perdió el juiz.io en a.étual pecado, y con él· no ay inter-pretativa voluntad de recibir laEucharifiia, y affidize Zambrano : Omni:r fidelj¡ > de ·quo non con~ JJat in complacemia ·peccatí mortali, ~nififa fe fenfum , potefl , &.· debet ·comrmmicari in articulo mortis, ut bene Navarro & Suarez, y lo mifmo fe entiende del 5-aeramenro de fa Extrema - Uncion , que no fe puede .far al que -cogió la privadon de j"uizio en . pecado.·· ·· · · P~ro para· la prfétka·,. advierta el-Paro• '\.:. dio, q.ue ·no fea muy facil en creer, que en pecado mortal1e eogiólá privadon de fen– tidos,p0rque para privar" a·alguno de los. Sa· eramemos, no·ha de fer baftante qualqu1er~ foípecha-, fino·muy grande evidencia·; y tal;' que nulla tergiverfatione'Oaleat celari,ha de fer por evidencia clel hecho .de tal foerte,que no fe pueda excufar ·por algun camino, que e-fto fe llama,rergiveifatione;yen ávicndo a}-· guna-duda1fi cílava,o-no en·p~cado mona1:i no

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