Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
' 5 2. 8 Itinerario para Parochos de Indios, ·Cumplirá enteramente con el precepto, y ·no pecará mortalmente, ni venialmente : la razon es , porque el precepto no obliga mas que a que oyga Mitra encera,y ·no a que fea folo de un Sacerdote; y de los Sacerdo– tes bien fe puede oir una Milfa entera : co– mo paraque a uno fe ·le pague enteramen– te una deuda de cien pefos, bafta que le en– treguen eíla cantidad , aunque el deudor no emregue mas que la mitad , y otro por él la otra mirad , affi en nuefiro cafo entera– mente oirá Mitra uno o·yendo a un Sacer– dote Jo que dexó de oir a otro; ita Azor fupra cap. 3. que es rom. 3. Filiuciuscap. '1• n. 107. Suarez, & alii communicer. s Preguntan algunos, li _el que llegó en día . de Fieíla a la Igleíia para oir Mitra.y eftava ya .acabado el OfertoriQ , fi cite cal ellará ~blígado a( afl..tftir A la coníagracion de la Hoília, y Caliz, y aguardara que fe acabe de confumar el facrificio ? Muchos dizen , (}Ue tiene obligacion I y l.o tienen por ~as probable: ·fondanfe en que la coníagrac.ion ·es lo principal que intenta el precepto s y affi. tendrá obJigacion a ·afiifiír a que fe ha– ga, y fe confome el ·racrificio. P.ero otros con mucha probabilidad fiemen, que no eftá obligado, porque fi ya no cumpk con el precepto , y efte ya no obliga , de donde fe puede venirefta obligacion? Como el que el dia· de ayuno· le quebrantó anies de·me– dio dia , comiendo muchas vez.es ; o una ro~ 1a cárne, qqieo dirá 'que ti-ene obligacion de ayunar de .medio dia eri adelante ? Lo mifmo fe ha de dezir en·el cafo prefente, ú ya no ay precepto, por averle quebran– tado , y no fer poffible cumplir con él , de donde tendrá obligacion a affiftir a lo de– mas de la Mitra, ft aunque affifta, no cumple. con el precepto? No me parece mala opi, nion , por el fundamento que tiene, y la de; ñende el Doétor Juan Sanehez infele!Jfr ~ difP·H,n-r. quem refert Diana J· part.traél. 6. Mi(cel. refot. 69. Puedenfe ver cerca de efta materia al Padre s·uareztom.3'. difp.88. feél.1. & feqq. Azor tom.1. lib. 1.cap.1.qutfft, .1. Bonacina difp,4. part. u/t. pu,ttl.1.i, Regí, naldo, Filiucío, Rofela, Diana, & alii piures, quos ipfe Lequitur 3. part. traél. 6. refoJ 6 9 , , Los dias que fon de guardar para los In- ó dios por la Bula de Paulo lll. fon todos , los Domingos del año , de las quatro paf. · cuas los primeros dias, el dia de la Circun. ' cilion , dia de la Afcenfion , Corpu~ Chrílli. De las fieltas de nueftra Señora , la Nacivi– dad , Purificacion , y de Alf umpcion , y el ' dia de San Pedro, y San Pablo , y no orro día alguno, que folos eftos feñalados tienen oblígacion de oir Mitra , y abílenerfe de trabajar, y obras ferviles ; pero dize el Concilio Limenfe, que fi quifieron los ln. dios guardarlas demás fiell as de los Eípa– ñoles , que no fean compelidos a trabajar. P0r lo qua! pregunto. SECCION l. Si pe~_4n. los que obligan a los Indios J u abajar los dias tf-e fi.e.fta , que tilos no tienen obligacion a g11ardar t A Lo qual refpondo, que rogarles,y per· 1 · íuadirles que trabajen en los cales dias, RO es pecado, porque no les inducen a pe. car; ·fino a ~ofa que pueden hazer ftn pe– tado. Pero files hazen fuer~a con injurias I y i maJos tratamientos , poniendoles las ma, nos, como muchás vezes fucede , peca-rán mortalmente por la injufücia que fe fes ha– ze, biriendoles , y no dexamfoles gozar de fu privilegio ; y 6 ta violencia , y maltrata· miento no es grave, fino que de palabra el amo , o el Mayordomo les manda qne acu– dan codos a trabajar,y los llama.y facando– los de fus cho~as , los junta para el trabajo, no frrá pecado mortal: la razones, porque el ConCilio no dize mas de que non compel. lantúr: palabras que no ponen precepto que obligue a ·pecado mortal. Lo fegundo, por– que lo ordinario,quando los InJios quieren guardar. las·fienas,mas es por fer enemigO\ de.
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