Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

ltinerario pa1'a P arochos de Indios , cultad quando concurren mixtos los impe– dimentos, porque como fe ha dicho , el nombre de efpurío fin limicacion, compre– hende, y encierra como genero fus ef pecies jumas : Cum fpurut fil terminur genera/ir comprehendens fub fe omnes Jpecies, exten– detur ad cafum mixtum. ' Los argumentos en contra tienen buena folucion, porque aquellas dos efpecies de impedimentos no tienen orden , ni eltán. unidos entre fi haziendo tercera efpe,:e ,. fino cada uno de por fi en fu efpecie diftin– ta, y la poteltad de diípenfar en cada una de por fi, no fe impide para una , y otra ,. que concurrieron juntas per accidens : con. lo qual fe refponde a bs..principios de tos– Doél:ores , porque aunque en las materias. odiofas es cieno que dos impedimentos. tienen mas fueri;a que uno; pero en las fa . vorables fub fimpücibus continetur cafus· mixtur. Y quien tiene poreflad para difpen.– far en dos impedimentos feparados, tam– bien la tendrá para quando e!rán iuncos en: un fugeco. 7 Adviertafe aqui, que efta refolucion tam- bien fe acom0da a la Bula de Gregario XII1. donde como hemos vitlo , concede· facultad a los Obifpos para difpenfar en to– dos los grados de confaoguinidad , y añni·– dad , que no eltán prohibidos por Derecho natural, y Divino, y fegun nuelha fencen· cia, en virtud de ell:a Bula fe pod-rá difpen– far con los Indios • aunque tengan. de eíl:os impedimentos mach0s juntos; como pon· go ·por exemplo, en el que es p.rimo herma. no de una muger que e!lá en fegundo J;ra– do de coofanguioídad con ella , y por aver tenido copula ilícita con otra prima de la muger con quien fe quiere cafar, eftá con ella en fegundo grado de afinidad , con que viene a tener dos impedimentos juntos , y ambos los podrá difpenfar el Obifpo , por• que in favo,abiiibus fub fimplicibus contine• tur cafur mixtur , como in termfnis lo dize Enriquez Jib. 14. de irregularitate, capit. 8. num. 10. Sá verb. Difpenfatio, num. 7. San· chez lib. 8, de matrim. difput. i . 11um. t.S. Y de los Juriftas, Angelo , Perulino, Decio,.. Alexandro de Nev0, y otro5 muchos cita– d?s de Sanchez : foto quiero poner lo que d1ze Sylvefiro verbo difpenfatio, num. 9 , que es muy a: nuefiro propc:fito. Si datr1r alicui pr:teftas le¡itimandi fiiium adulterit1m, & ~nceftuof~m Jimt,~ , qui~ in materia larg4 fub fimptmbu.s vemunt mixta. SECCION XVI. Si en virtud del privilegio de Urban• VIll. Ji podrá difpenfar en los impe. dimentos de Indios publica honejli-– dad ,.Y cegnacion efpiri.t1 ,1.al ? L As p~fabras, y comillion de la Bula fon·-, ampl1ffimas, dando facultad para dif. penfat: In quocumque,vet quibu.fcumque jNre Di~ino_ nonprohibitit confanguínitatis, veJaf !Jnztat~s grad1bu1. Y _aunque no expretfa el 1mped1mern:o de publica honefüdad, es muy p~obable que quien tiene pote!tad para. d1fpenfar en los grados de afinidad, la tiene tambien para la publica honeftidad ·, que– ambos fe reducen a la afinidad , y fon pue– ftos por Oerecho _humano , y no por Dere. cho natural, y Divino ; y como dize San• chez lib. 7. de matrim. difp. 70. num. r. .Aliquando affinitas appellatur publica ho– nefta1, ex cap. tuee·, junéla Gloíf. verb. Ho· neftatem. Y que en el nombre de afinidad fe incluya 1t el paremefco de publica honefiidad, lo di– zen gt'aves Doltores , Veracruz 1. p. Jp¡ccu– U, arr. 44. pag. 2.05. infi.n.primi dubii,donde citando a Guilelmo Ele Monte Laudano iit fuo Sacramentali,dize:~ando difpen{atio ejf faéta fuper impedimento affinitatis ,extenditur ad impedimentum publicteho11eftatir > licetde eo nonfutrit falla mentio; opinion que la dá Thomas Sanchez por probable , y fegura en la Praflica,lib. 8. de matrim. difp.2.4.num. 36. in fine, citando a Felino, Ripa, Boerio, Covarrubias , ,Cuco, Azevedo lib. 8, Recop. cap.

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