Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Itinerario p~ita P ai'ochos de Indias , baucize un reglar, el Sacramento del ma– trimonio ícrá valido , y les caufará gracia, como dsze S.rnchez. de matrim. ltb. :.. dif put. 9 num. 1. donde cita a Navarro, Ma- nuel Rodr:guez., y Vega. · S ECCI ON I II. Si fe podrJ cafar validamente un bauti– tado con una mu 6 :r l nfi,L ? r E-4 S cofa cercillima , que un Chrifüano no puede contraher matrimonio valido con perfona no bautizada , aunque fea cache– cumena , que a11i lo d12.en comunmen•e los l)oétores , que es irrito, y nu!o t no por ley natural , pues vemo~ que en la Ley Ancigua te ca fa ron con mugeres Infieles, y Paganas; como Jacob con las hijas de Lab.10, q Je era G~ntil Gene[ ,p. y .Moyfes con la hi ja de Getro Etio p1fa , y otros. Ni. rHipoco es ir– rito por Derech~ Divino poíitivo , fino por Derecho Eclefiaílico , como .diz.e Sanchez de matr. lib. 7. di(p. 1 , . 11. 1. donde i:ica treinta y qtucro D,)tlPres Theobgo~, y lu– rifias y aunque no dY Texto exp,etfo efrri– ,to en los Cano11e;, l)eccecos , y Concdios , que declare fer nulo el matrimonio d~· per– fona bauc1zlda con o~ra Infiel ; pero .el ufo recib:do de 1~ Igldia . y tradicion de los Fieles • defde el tiempo de los Apoaoles tie– ne fuer).i de ley : la r.von , y funJlme·ito es ( como d'.le Ricado) . porque no ft! pu– diera en :en,ier, q'..le un Chritbas:io fe: cafára con un.genero de matrimonio, c¡ue no foe. ra Sacramento , p~1es es cierto , que no lo fuera de p1rte del IrtAel; y que cita tradi– cion , y ufo recibido de la Igle:ia , venga defde el tiempo de los S 1ntos Apoftoles, fe colige , de que San Pablo lo vedava a los Corir,thios , como conlb de l.i 1. Epifto!. q1 1 e efcribió , cap. 7. Noli conjungi cum J;:. fi 1él:b1u. i. Aqui fe ndvierran áos cofas. T.a prime– ta, que fi un bautizado prevaric6 de la Fé recib!da en el Bauciímo, y fe volvió a la Gentilidad , fi ie caía con Infiel , ferá in– valido et. ~atrimon,o, porque el Bauufmo que rec1b10 , ella fugeto a la prohib1cion de Ja Jglefia. . La íegunda advenencia es, que ft el bau. J t1zado dá palabra de cafamiento a una In– fiel , quando fe convierta , y ella aceptando elfa palabra , y promdfa, fe bautiza: lue– go al punto que fe cumple la condicion, fon eíponfales de futuro , porque emonces los que fe dieron palabra , fe hizieron habi– les para el mammonso , y no podrá el uno cafarfe con hermano <lel otro , por el im– pedimento de publica honefüdad: es íen– tencia de San Buenaventura, San Antonino, Rofella , Angelo , Syl\'eílro , Soro, Ledeí– ma , y otros , que cica , y ligue Sanchez. de matrim. lib. j. difp. 5. nmn. J4· S' E e e I o N I v. Si fon nulos los matrimonios delos Infie– les que. je cafartm en la I nfidd,dad,con. algunos 1mprdimmtos ~irim,nw f ,P' Ara mas clara inteligencia de etla difi, 1 cuitad fe advierta que ay algunos im– pedimencos r or Derecho de nacuraleza, y otros folo por Derecho Canomco: lo~ im– ped imenco~ ~ue foo jure naturie , dirimen el r¡1atrimomo d~. los Infieles. Pongo por exemplo: El Infiel, q1,1e es impotente, <} que eltá ra cafado con otra, fo~ nulo el matrimonio , y contrato que hiziere , y lo rnifmo fi fe caía con fu miíma madre, o m.idrallra , au11que lo fuetfe folameme por copula ilicica que fu padre tuvo con la mu– ger. Tambienes nulo el matrimonio del que fe cafa con enrenada hij.t de la muger , con quien fue cafodo, o rnvo copuh fornica– ria. Tambien la confanguinidad en primer grado frrica el matrimonio jure 11,:ttmc , y affi los Infieles que en la Gentilid 1d f~ cara. ron con eftos impedimentos> hizicron con- tra-

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