Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Lib.1 11. De los Sacram. Trat.1 X.. del Matrim. Secc. 11. 4 87 Sacramento , que cauía gracia, y afli entre lnfiele) no puede aver mammonio en quanto Sacramento , que iin el Bautifmo fon incapace~; por lo qual fus matrimonios no fon mas que unos contratos que obligan por Derecho natural, en que el uno al otro dá poteílad , para que ule dél como lepa– reciere i Adviertaíe, que por no fer Sacramento , ftno foto contrato , aunque ft a a fo modo , fe puede dilfolver por la converíion a la Fé -de qualquiera de los dos cafados, quando el que fe quedó Infiel , non quiere conver– tirfe , o no quiere whabitar con el confor– te convertido fin injuria de la Fé, como fe dirá en adelante. 3 Y quando el Derecho en el cap. g,wdemtu, de divort. y otros, fe llama Sacramento, es latamente , en quanto lignifica improprie la union de Chnito, y la Iglefia, como dize Sanchezde matrim. lib. 1 . d,fp. S. nf4m. 1. 4 Ello íupueílo, digú, que quando k>s Infie– les, que validamente fe caía ron en la Gen– tilidad , fe convierten a la Fé , para que fu contrato natural fe haga Sacramento , y les caufa graci:i. , d 1zeSane hez lib. 1. . de matrim. difp. 9. n. f. que no íe requiere otra diligen– cia, mas que recibir el agua del Bautifmo , ftn renovar nuevo confentimiento _; la ra– zon es , porque luego que fe hazen Chri– lfanos , reprefentan perfeétamente la union de ChriHo con la Igleúa , .con vinculo indi[oluble, como matrimonio rato : Jo mifmo dize Palud+ dift. 16. qtJteft. 4, art:3. num. 2. 5. Deza quteft, 1. art. 4. ad 5. Argent. Veracruz,y Vega lib. 4.fumm. cafi, 106. So– to in4.f1:ntent.dift.19.qtJteft. r. art . 4. ycon– figuientemente dizen cílos Doétores , que quando dos Infieles convirtiendofe a la Fé nizieron Sacramento de matrimonio con el Bautifmo, que no neceífitan de las vela– ciones de la Jglefia, ni de las bendiciones uupciales , que no cfián obligados a ellas ; pero fi por fu voluntad qu1fieren , las po– drán recibir , y ferá bien : y lo uno , y lo Otro es probable. J Otros d11.en con ~rande probabilidad , que para que el matt imonio d~ l.os Infieles fe haga Sacramento , es neceffano que de nuevo conl.ieman, y den materia. , y forma > que fon la entrega, y aceptacion de ambos: la ra1.on es , porque para nuevo Si.cramen– to , es neceffari~ nuc:va mateda , y fo rma : luego es neceífario el coníentimiento de entrambos al tiempo del Bautifmo , que es– quando fe haze el Sacramento del matri– monio : razon es etla muy fuerte para de· fender eíta opinion en uoa Cathedra , y a.ffi Pedro de Ledefma , y Sanchez la dan por muy probable. Lo que yo juzgo en cfi~ dificultad para ' la praética de los que fe-ocupan en la con– verlion de Infieles es , que pueden feguir eri praética qualquiera de las dos opiniones ; pero que íerá bien con la fegunda , que en acaoandolos de bautizar, les pidan los con– fentimiemos para el Sacramento del ma– t rimonio , y reciban la gracia con toda fe– guridad , fin que quede en opiniones de Do– llores. Aquí pudiera dudar alguno , fi quando 7 bautizado un hermano lego , o un feglar, fi fe hará Sacram~nco de matrimonio con eHe Bauufmo ? Y la razon en que fe funda la duda es , porque el matrimonio que no fe haze ante el proprio Parocho , y tefügos, es nulo como lo manda el Concilio Tridentino Sejf. t4. cap. 1. de matrim. luego ferá nulo el matrimonio que fe haze Sacramenro en d Bautifmo, quando el que bautiza es lego . Refpondo, que aunque fea feglar el que a bautiza, fe haze Sacramento, el ma trimonio de Infieles: la razon es, porque aquella forma, y modo que dió el Concilio, de que foeífe con affiltencia del proprio Paro– cho, y tell:igos, fue e-n orden a la firmeza del contrato que fe celebra quando fe ca– fan , ·y como los Infieles no hazen contra– to de nuevo , quando íe bautizan , · porque ya Jo tienen hecho validamente , fegun las leyes , y coítumbres de ellos , por efta razon no fe requieren 1> arocho , y tefiigos , para que aquel contrato hecho en fu Infi– delidad fo l1aga Sacramento , y aíli aunque baij-

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