Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
4 S?. Itinerario para Parochos de Indios, Maria Madre vue!lra, y Abogada dé los pe– cadores y por todos vueíhos Santos os pido me íalveis, Dios mio, y Redemptor, para que vaya a gozar de la vida eterna. O Se· ilor , quien merecieífe tanto bien ! 3 Jefus fea contigo , herlliano mio , Jefus r.e ayude , Jefus te libre de tus enemigos. Dios Padre , Dios Hijo , Dios Eípirirn ían• co , un folo Dios verdadero , en quien tu crees , eífe te falve , y fea contigo. El que te hizo , y te redimió con fu fangre , eífe mif– ,mo te llevará a fu gloria. No permitais, Dios mio , que fe conoene eíla alma , que .vos , Señor, hizifieis a vueíha imagen , y femejan~a. Defiendela , Señor , de fus ene– migos , y pardonale fus pecados : llevala al lugar de :defcanío con tus efcogidos, que te llama, y en ti confia. O buen Jefüs , ten piedad de aquell:a alma , y llevala a la vi– .aa eterna, que nos prometifte, para que te goze, y alabe para 1iempre. Que eres tu un Dios con el Padre , y con el Efpiritu fan. · tó, Am~n. s E e e I o N v. Si al Indio mudo,y jimple a nativitate, fa lt. han de adminijirar los Sacra– mentos de la Eu,karijlia > y Extre• ma-vn,ion. 1 EL Sacramento de la Extrema. Uncion fe ha de dar a todos los que fon capa– ces de confeffion , y affi a los que nunca pe– .,a.ron,no fé ha de adminifüar : la razon es, porque eflos dos Sacramentos tienen por ~ materia circa quam los pecados aétuales , y quando no los han cometido , no ay para que adminifirarlos , por lo qual no fe ha de olear a los que a nativitate fon mudos , o fimples , o muy niños, porque fino han te. nido pecados; fera falía la_forma, que di- ze : I~dulgeat tibi Deus quidquid peccafli ¡ y affi dtze el Doétor Sanchez; quefubjell11m quod nunquam peccavit , inhabite effé ad hoc Sacramentum, ficut amens a nativitate. y Angles lo dize bien claro de Extrema Unc– tione art. 4. concl. S· Pueri , qui nondum ha. ~ bent anno,s difcretionú • non debent illam re. i: cipere q,uia non indigent remedio contra pee- ~~ cata, cum nondum peccaverint. - Pero fi el Confeífor duda de la capacidad i. -. de efl:os para pecar, porque por una parte ,,: hallá conjeturas de que Ja tienen, y por ;, otras razones , que le perfuaden lo contra• ~ rio , abfuelvale , y o!eele fub conditione ·~ (que aunque lo dize Zambrano con temor di Extrema-Unmone, cap.... dub. 1. num. 9. ) no ay: para que temer , porque como el ~ Bautifmo , y Penitencia fe dan en caío de :. duda, affi cambien la Extrema-Uncion ; y • pues no fe pierde nada, y fe aventura a ga• nar mucho, no ay porque efcrupulizar : Negotia enim in quibus nihil admittendum rimetur , {ed potius lucrumJperatur , audac– rer tratfanda funt. Conforme a efto podri el Cura en cafo de duda adminiftrar , di• :úendo lacondicion.en ella manera :Si capax es, per iftam (anélam Unétiolfem indulgeat tibi Deus quitÍquidpeccafli , &c . Y para la abfolucion condicional.diga:Jn quanturn p<>} Jum, & indi¡¡es , ego t, abfolvo; o fi ,apa,; es > ego ,, ab¡olvo.
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