Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Itinerario para Parochos · de Jnclios , der, . por redimir fu vexacion, porque les {>Onen por delante , que no han de alcan- 5ar jufücia , y que fino reciben lo poco que les dan , fe quedarán fin ello . r lo perderán todo ; y que aur.que fe vayan a las Audien– .cias , íolo ha de ferv ir de gafiar mas , y affi con efte miedo los deíventurados Indios reciben lo que les dan, y por cien pefos que pedian reciben diez, o doze, que es cofa ri– dícula, que no fe haze entre tiranos, ni Gerr ·tiles. De lo qua! fe colige .que r.o hazen con , plena libertad eftos conciertos , fino porque Caben , ·y ven claro, que ni el juez de refi– dencia , el Eícrivano, ni teftigós le han de favorecer, fino todos contra el defvencura– do indefenfo , . que viendo fo cortedad , y flacas fuer~as , con palabras dobladas , y razones fingidas le hazen recibir aquello po- 1:0 • y le damnifican en lo demás inju(ta– mence ; todo lo qua! debe advertir el Con– felfor , y eftar muy en .eíl:e punto , porque es cafo muy prafücable, y es menefrer eftar muy en ello para defenredar las conciencias de los Corregidores, y no em:argar la fuya. t; Al argumento en contra, que clize, que no fe les haze fuer~a donde ellos mifmos confienten. Befpondo con Leffio lib. i. cap. '1· n. n. infine. Non cenfariquempiamcede– ,e juri fuo ,ji aliquo modo involuntarie , & renitute ajfeflu confenriat , indutlut ab eo qui ltefurw eft , que no fe entiende que re– nuncia fo derecho aquel qu~ confiente en el concierto con repugnancia de la voluntad , y folameme lo admite inducido del mifmo que le haze Ja jufticia , por no perderlo todo. 6 Y adviertafe mucho> que la mifma obli. gacion de rdHtuir tiene el Efcrivano • y otras perfonas de autoridad , que toman la mano para hazer eílos conciertos con mie– dos que les ponen a los Indios: la razon es • porque eficazmente cooperan en la inju– fticia, y en realidad de verdad no es más que aunarfe contra el pobr.e Indjo , poniendole dificultades en fu defenfa, y affi cada uno de los que cooperan en conciertos tan in– j.uftos , efián ot>Hgados in folidum a 1~ r.elli. tucion > fegun buena Theologia : Quía cau. faefficax damni tenetur'.ad rejtitutionem, co. mo dize Navarro cap. 17. num. 1.1 . Pedro de Navarro Jib-3-cap.pmm., 3. Azor Leffio, Filiucio, Turriano, Medina, y comunmen– te codos , a los quales íigue Bonacina de reftit. di!J'. 1. q. 1. puna. 8. num. 3. s E e e I o N IX. Avifo breve para los Confaf/om deftos Reynos del PerÍt , cuca de tas cofas que en él fuete avu de mas peligro, y dificultad hecho por mandado , y en prefencia del lluflr~f/imo y Reveren- 4ij/imo Señor D. Geronimode Loayfa . primero Ar;obifpo de los Reyes por todos Theotogos , y Prelados que en. ef[a ~orte rejidi4n , y de otras con– curneron. D Eterminófe, que los que tienen Indios 1 en encomienda, fi tienen, y han tenido dofüina fulicieme , y cuidado de la policia, y buena enfeíian~a de fos Indios • que po– drán llevar un honefio tributo para fu.Ju. íl:entacion, confiderada la calidad de la per· fona, y el provecho que en la tierra háze. Iten f.e .determinó y declaró ,que la ~anti· 2. dad del d1dto tributo no fe ha de medir por las ta{fas , o recalfas que eltán pueftas , fino por Ja conciencia del buen varan, y teme– rofo de Dios,porque fi los Indios fon tan po.. bres, y necefficados, que no pueden dar mil que dize la recalfa, no los podrári llevar con buena conciencia, fino aquello que bue– namente pudieren dar , quedandoles tiem– po para encender CM fus hazieadas , y gran• gerias , y foftentar fus cafas , ·muger , y hi· JOS, "º haziendolos venir en neceffidad po: el trabajo que no p~den dar. lten, fe determinó , que íi los Indios fon l ricos , y pueden holgadamente dar lo que manda la caífa,o retaífa fin fer agraviados en nada·(,omo dicho.es ) que la pocfrán llevar, Y roa¡

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