Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Lzb. 11. Trat. X Secc. 11, y I I I • 3.~3 en conciencia ponerle en libertad, pa--gan– i ole fin fraude todo el tiempo que le fir. vió , y el Confetfor debe no abíolverle, ha– lla que haga la rellitucion de la libertad ; y paga del trabajo perfonal del muchacho , conforme lo que otros de· fu edad fuelen ga– naren el miniílerio, y ocupacion que tuvo. s ·EcCION 11. Del cuidado que ha de tener el En&o• mendero con los Catiques. t Lº primero , debe en conciencia el En- comendero por razon de fu oficio atender mucho al buen tratamiento de fus fubditos,que el defcuido en ello , li redunda en daño grave de los Indios, es pecado mortal, como fe declaró en una Junca que fe hizo de los hombres mas doétos del Perú en prefencia del Ilufiriffio fenor Don Ge. 1onimo de Loayfa , primer Ar~obifpo de Lima , y dizt affi la declaracion: Jten fe de– clara,que lor dicho, Encomendero, han de po– ner mucha diligencia en faber, como /01 ca. zique1, y Pr;ncipalet tratan a /01 lndiot CO• munet, y pobrer , fabiendo ji /01 roban con achaque de tributo , hazirmdo trabajar a /01 Indio,., y a la, india,, para que le, den ma1 4e lo ;uft.o por tener e/lo1 que taftar en boti• 1u de 1Jmo deCaftilla, como ¡e (abe,que mu– cho, lo bazen , y en todo efto han de procurar elrem.edio, o por via de lajufticia, o por . el meJor modo qu.e pudieren , como ello fe remedie , y fientan to, pobre, Indiot , que el Encomendero eftá puefto, ma1 para que mire por el/01, que no para llevar el tributo. ~ Lo fegundo , debe advertir mucho el En– comendero • que los Caziques tratan con amor a los Indios·, y no fean crueles tira– nos de eJ!os , y en efto es menefrer tener m~cho cuidado, pQrque la experiencia en– fena el grande rigor que ufan con ellos,tan– to que en lacrueldad hazen ventajas a. todas J'~s Naciones del mundo , como noto Ma- 11cn~o 1. par1. capit. 7. de moder, RegtJi Pe. ,. ru) affi dan cinquenta alotes l un tniíera– ble fugeto fuyo, como fi fueran buñuelosi y muchas vezes los dexan impedidos para el traba jo, molidos, y'quebrantados, bañados en fangre , que provocáran a. l:ifrima :11 co– rai;on mas duro; y por eftos, y íemeJanr.es agravios bien ponderados, juzgó el lh1Hr1f– fimo feñor Fray Bernardino de Cardenas , que fe debian quitar dlos Caziques, en un memorialqueembi6 alConfejo, §. 16. to– do lo qual advierta el Encomendero , pues tiene obligacion de oficio , a fer fu Prore– étor , y amparo , para defenderlos de lo& agravios, y moleftias qae les hazen.- s E e e I o N I I l. Si los Encomenderos podrán pedir J los. Indios fus encomendados camarico , o fervicio perfonal? E S cierto , que el Encomendero no tiene 1 dominio de la perfona , ni de los bie– nes de fus encomendados , de donde faco la reíolucion clara de nuefira duda , y es, que fuera de los tributos tatfados en las vifüas,ni los Indios eftán obligados a mas, ni los En– comenderos les pueden pedir otra cofa , ni el fervicio perfonal , lirviendofe de mucha– chos, y Indias. para las ocupaciones, ni del Pueblo para hilar , y texer , ni pugde pedir que le traigan huevos, gaJlinas, ni pefcado, como efiá mandado por muchas Cedulas > de que haze mencion Solor~ano tom. .z. de gubernatione Indiarum, lib. 1.. cap. 14. 11um. 103. póreftas palabras: Tertio infertur,Com.. mendatario1 nihil aliud prteter tributa taxa– ta,& affiguata, ab Inditjibi commendatit per– cípere po]fe, u1zde neque opera ruftica, aliave perfonatia fervitia, nec puella, ad uxorum f11arum fullonica , cutina1, vel faniftcia, ne– que gallina, , vel ova , aut quid /imite 'ad pr1tndium petere pof[unt , y agravar a lo.s Indios ~on ella& , o femejames impo- R r 1icig~

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