Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Lib. I l . Trat. PI 1l. Secc. V 11. na el predicarles la verdad fimplemente,que antes fuera liviandad de animo,y temeridad mudar de Religion , y admitir otra nueva , folo porque unos hombres dizen, que 1a que predican es la verdadera,fino que [e requie– re; quclos Predicadores fundenfueníeñan– ~a en buenas ra_z~nes, en milagros, y buena vida de los Mtn1firos, que todo ¡unto es baftante para perfuadir con eficacia , y en– tonces pecarán íi no creen. Chrifto nueftro Seóor lo dize claro en el cap.1 r. de San Ma– theo: Si opera non feciffem in eis, qt1a: nemo alius fecit, peccatum non haberent, que íi no huviera hecho entre los Judíos tantos mi– lagros para probar fu Dofüina , que no fuera pecado fu infidelidad. lo En quanto a los Mandamientos de la Iglefia, digo, que a ningun Infiel obligan , como eíl:á difinido in capit. gaudemus, de divort. y escomun de todos, porque los Pa– ganos effán fuera de la potefi ad de la Igle- 1ia; y como dize San Pablo: de iis,qui Jórit funt , quid aá nos 1 De donde [e coli§e, que no es pecado hazer trabajar en los infieles en dia de lieíla , ni el darles a comer carne en Viernes, como dize Sanchez in Decalo– gum , lib. r. cap.u. numer. 14. Azór tom.r. lib. 7. cap. 13. qu~ft. 5. y lo miímo fe en– tiende con los Catechumen·os , que inílrui– dos en la Doétrina Chriftiana , eíhín de .proximo para bautizaríe. s E e e I o N V I I l. Por cuya cutnta corre el no e.fiar hiendo– élrinados los Indios en algunas partes? [ pArecerále a alguno , que con facilidad fe refponde a eftá dificultad , diziendo, que el no ellar fu ficiencememe promulga· da, y eníeóada la Fé en algunas Doéhinas, es por defcuido de los Doéhineros, y'que efios defeél:os van fiempre por cuenta del Cur.a, a cuyo 91rgo eftán i pero fi bien con- / . fideramos las cofas como paífan,y praél:ican el dia de oyen eftas parces,no fiempre tiene!\ Ja culpa los curas ; y para que fe vea claro. Supongo , que a quien primero toca la z. en[efian~a , y Doél:rina de ellos Indios , es a fu Mageflad , porque Alexandro VI. con eífa condicion Je adjudicó ellas parces Oc– cidentales , y le hizo íefior de ellas--; fu Ma– ·geftad cumple muy bi~n con fu obligacion, pues eftando aufente, haze todo lo que mo– ralmente ·es poffible en orden a Ja protec– cion, y Doéhina de los lndios·,que es deípa· charCedulas Reales en fu favor,e inllrucció– nes , para que los Prelados , y Jufricias las pongan en exccucion , que fi Uegáran a de– _vido efeéto,no avía mas que defear,y affi el Rey para con Dios, y Jas gentes • haziendo lo que puede deícarga fu conciencia. Los Encomenderos cambien tienen obJi- J gacion efüecha de la eníefian~a , y Doétri– na de fus encomiendas; efios facan un tanto de los tributos que cobran y dan a los Cu– ras , para que tomen a fu cuenta Doétrjnar los Indios, y echan con ell:o toda la carga, v obligacion fobre ºlos hombros de losDoéhÍ– neros ; pero fi deípues el mifmo Encomen– dero embara~a , y ocupa a los Indios en grangerias proprias, y no les dá lugar a que los doéhinen , que culpa tendrá el Dofüi– nero , fi el Encomendero faca de fu Pueblo a los Indios para las minas íeis , y ocho leguas difiantes de adonde affifte el Cura ? fi porque ocupa los Indios en texer, hi– lar, cada afio Yé el Doél:rinero tres, o- quatro vez.es no mas los Indios : fi manda el Cura que todos los Indios acudan a la Doéhina los dias que manda el Synodo, v los Encomenderos , y Eípañoles , a quien firven , dizen, que no quieren ellos que va· yan,que culpa tendrán fino faben la Doéhi– na Chriftiana, ni tienen Fé los Indios en las partes donde los Encomenderos tienen co– Humbre , de que fus Indios perfonalmente les füvan (que fon muchas) y ellos los tie– nén en ocupaciones que impiden a la edu– cacion,y enfeñan~a de los Ini: ios? ellos pa– garán en .e} Tribunal de D:os el dia <le la N n cuerica

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