Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

. /., ... o_, Itinerario p-ara Parocbos de lndios, de fatnilias refpeél:o de fus hijos , efclavos, apud fe compotandi commoditatem offerunt , :liervos,o criados, que fuera dela obligacion fi.c temu!entiam q,,am vetant.& puniredebue– comun de caridad, tienen otra , que es mas rant,propinantc1,&gladíum infanü porrigen. efirecha por juezes, Paftores, Padres, y Se. tu. Quien no verá lo que d1fuena a la ra– ñores , y por efta parte deben mirar por el zon , que los que deben dar el remedio con. bien comun en Jo efpiritual, y temporal , tra la embriaguez, eltos mifmos les den fa pofponiendo el bien particular. efpada con que fe deguellan? y affi pecan . Efio fupt.efto, vamos refolviendo la difi- mortalmente los Curas que en fus Doélri. r culrnd principal por pa~tes:y fea la primera, nas , y los Minifhos de Jufücia en los pue. que los Curas, Corrigc:<lores , y Tenientes blos de fu jurifdicion tienen trato de vender pecan mortalmente fi hazen vender chicha, chicha, o vino , quando mortalmen.e co. quando probable, y moralmente faben, que nocen , que los que lo compran fe han de Jos Indios que la compran fe han de eµ1b ria- embriagar. ~ar con ella. En quanto a que los Curas Tambien pecan gravemente los Señores, pecan , fe prueba , porque fuera de la obli- y padres de familias, que a los fiervos y do- 4 gacion que tienen todos. , por el oficio de mefücos de fus cafas confienten que hagan padres • y Paftores , como dizen Valencia en el!as congregaciones de Ir.dios para be– i-om. 3. difp. f· qu,efl.4. punéi._;. y Reginaldo ber combidando a otros de fuera para tener líb. io. c(Jp. 4. n. 68. tienen otra efpeciai de mejor venta de la chichaque hazeo, Jo qua! Concilios Provinciales , y Synodos, en que fe prueba con dos razones fuerces. la pri– tes mandan , que no confientan las borra~ mera es,porque <le la mifma manera, que tI cheras de los lndios , como.quecia d1cho en Cura debe por oblígacion de fu oficio evi– la reíolucion. El Juez que gobierna, tam- tar los pecados de fu Doéhina, y el Corre- "bien fuera de la obligacion coroun·de oñ- gidor ios de fu Pueblo,affi cambien el padre c'ío, fe manda por muchas cedulas partí. de fa mili as, por ferlo, debe efiar íiempre en culares , que no trate , ni contrate , y que centinela de que fus fiervos no come.tan pe. quite el vicio de la embriaguez , c¡ue efiá cados, y guarden la ley de Dios, o iran fo. en el 4. tom. pag. 34-3. & fequemibu.r ; pues bre d las culpas, que no remedia por def. comQ.fatísfarán a la obligacion que tienen cuido Cuyo , y ferá tenido por infiel en el por precepto de caridad, aando a fus proxi- Tribunal del Supremo Juez, como dize el mos ocafion de pecar, quando les deben Apo!lol fon Pablo en la Epi.ft. ad Thim1Jth. evitar la carid.',d efpiritual? Y a la que tie- cap 5. Si quh fuorum ma.~ime domPfticorwn nen de jufücia por razon de fu oficio : curam nen habet,infideli.r eft,& infidelí dete~ y. a los mandatos de Concilios, y .Cedu- · rior. luego para no fer reputado por infi el, las Reales, <¡uando los que fon Proceéto- como dize el Apofiol , debe cuidar, y velar res de los Indios , y Angeles de Guarda pa- en orden a que fe eviten pecados, o ferá ra encaminarlos a la virtud , les dan la peor que un Gentil, fino lo haze : y mas ft ocafion de pecar ? Llor61o con fentimien- quien los avia de remediar, los induce a to Solor)ano tom. i. de Gubern. Ind. lib. 1. pecar: por efia razon el padre AcoHa lib. eap . 1,4. num. &i.Multoque magi.r in 1-lifpanos de Procuranda Indorum f alure, cap 3. pierde quofdam & p1·t.ecipue in ípfo.r Prt.etore.r,& Pa. las efperan)as de que tenga remedio el vi. roch91 Indorum excandejcendum eft, qui tur. cio de la embri~guez eo los Indios, pues pa– pitudinibtu, ínfamii.r, qutBftus·caufa, non fo- rece achaque incurable, c¡uando los que /um Indo.r vinum, imo,& muffom fervens, & tienen obl_igacion de quitarles efta pon~oiia pefti/en1,furio.(amque illam foram lege prohi- les comb1dan c~n v~n~no mo~tal : {J¿1ie bitam kib~re finunt '· verum ipfl vendunt, & fr.es ultra reft~t tnfelzczum .hommu'?' J~lu– multot1ennvito1 acczpere,& bibere cogunt,(;" m,1uando ab 111 venenaporrzguntur a qu1.b11~ . anz1de•

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