Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
Lib. 11. · Trat. 111. Secc. 11. cio lo qué trahe , no ay fino fofpecha , que es hurtado ; porque comunmeme fon da– dos a efle vicio , como dixo Pordirio ha– blando deJ Perú , que Homíne1 profert ru– de1, mendace, > & ft1Ye1. Y en hallando ocafion de hurtar , no la perdonan ; y fu– pueílo que la prefunc ion efiá contra ellos , con qualquiera razonable conjetura , no fe. rá temerario juizio , juzgar que e5 hurtado lo que venden , fino es , que íea aJoun ge– nero de los que ellos tienen de cofecta, co– rno fon papas , maiz , trigo, y otras cofas, que fi~mbran , o cogen. 3 Y ~d~ienafe , <¡ ue no folo ellá obligado a relhtuu el que compra con mala fé im– mediatamente del ladron , fino cambien el que compra mediace , como ( pongo por exemplo ) <lió un Indio, o Negro una foen• te de plata a un Pulpero, yo no podré com– prar defte la fuente, fi fé,ó debo faber, que él la compró de un Negro : Y ello es tan– ta verdad , que aunque fea quano , o quin. to , o centefimo poífeedor , como dizen Angelo , y Silvefiro , es lo mifmo. s E e e I o N I I; Si lo que probablemente creemos , que es lzurtado , lo podemos comprar del Indio , con. animo de tenerlo m de– pofto , para reflituirlo a Ju duuzo ' quanáo pare{'ª ? 1 A Ella queftion re(pondo con la comun que fi el ladron vende algo pr~ciofo por menos de lo que vale , es licito com– prarlo con animo de reftituirlo a fu ducno : la razon es porque el comprador , nego– tium eju, agit uti/iter , atiende a la volun– tad dc:1 dueño , ·poniendo la cofa en mejor ellado del que tenia en poder del Jadron ; affi lo dize Sanchez lib. z.. de matr. difp11t. ,p. num. i 9. y alli cita a Covarrubias , iaiíes > Medina , y Salonio ; tambien ) la lleva Reginaldo tom.1. lib. 1 o. cap. 4. num, 1,6, y cita a Silvefiro reftit. 3. q:ueft. 7. ditf. 4 . y rationabiliter fe prefume que el duefio lo dará fOl' fer efia compra en fu provecho. Pero adviertafe para el comprador que t. fi no haze morc1lmeme la diligencia poffi– ble para que parezca el dueño, <]Ue no cumplirá con Ja conciencia, fi guardó muy bien Jo que compró , aguardando a que el dueño fe Je emraífe por las fUertas , que fino hate él de fu parte lo que moralmeme puede , y pareciere baílame, eílará con obJjgacion de refütuir pena de pecado mor– tal ; pero fi clefpues de aver hecho la di– ligencia bailante , no pareciere dueño , di– zen algunos graves Doélores, que efiá obli– gado a refiituirla a los pobres ; pero falvo meior juizio , digo , que puede retenerla , y guardarla en fu poder ; la raz.on es , por– que como dizen Silvetlro , y Covarrubias , a quien cita, y figue Reginaldo r. part. Jib. 1 o, cap. 4. num. t 6. el que por hazer bien a l dueño , compró del ladron , tiene dere– cho de pedir el dinero que dió por la cofa. hurtada , y mientras no fe Jo dieren , puede como en prendas tenerla en íu poder, pt!es fobre ella Je debe el dueño la cantidad > que el comprador dió por ella , y tambien porque aunque tarde , puede parecer el due– ño , y para quando part'zca, la puede guar– dar ; y mas dize Pedro Navarra en la quar- ta duda , que aunque fe pierda lo que compró , o perezca en fo poder , como no fea por culpa lata , no eftá obligado a re– fiituirlo , porque accidentalmente fucedi6 mal lo que fe hizo con animo de aprove– char al dueño , y hazer las cavias y nego. cio fuyo.
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