Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
Lib. 1 l. Trat. I 11. Prologo. • rw1 11i e TRA TADO . T ERCERO , De los defeél:os , y falcas que fe hazen en tratar , y co1nprar los Indios , y los que ellos co1ncren en hurtar , y no pagar a ft1s amoso P R O L O G O. . , r. S tan antiguo el comprár , y !'1'1;{3 vender , tJUe comen~6 defde el ~"' ¡,rincipio del mundo, como lo : . dize Paulo in leg. 1. ff. de con– iralzend. Bmption. y aunque enconces Jas cofas de que necdlitavan los hombrfs , las adquirían de mano de quien las ce– nia , dandoles por ellas otras , cuyo tra– to fe llamava permutaiio , que es trocar 1ma cofa por otra , viendo las gences c¡uan trabajufo era efio , para remediar fus meneiteres , porque Í1 el vezino tenia la cofa que otro neceffitava , y el tal ne– ceffitado• no poffeia la que el otro avi a menefter , no quería darída , y con ello ceífava fa perrnuacíon, y el remedio de fus menetleres. Ordenaron , pues , hazer monedas , que . d.indc,les el valor intrinfe co , firvielfen de prec,o ajutlado a la~ cofas de que necdTitavan, con lo qua! f.tcilmen– te, y en qua lqu=era pane que fe haJl.:ífen, refl'edialfeo ru~ ¡,erdlid... 1e~ , y de aqui co– men~ó el con•rato d~ rompra y venta , di– fiimo de la fCrmutacion , y la~ tales mo– nedas íe lJ .;.man precio , y la cc,fa com– pr :1.da con ellas fe cúen rre• c.: eeria a El comrato de compra, y venta ie diíine la ley r. jf. de contrahtnd. empt:on. y le en– feñan muchos Doílores, corro Jo afirma SjJvcfüo tom. 1.. traa. 3 5. numer. 5. Huna- do de juflitia 6' fure, tratl. de contraélibus, difput. z.. de empt. & v endit. diffic11lt, i. T'cnra eft contraé/.us q1.titlam,q1d cor,J_énfupe,. ficiwr pretii pro merce. Compra eft contra– élus , qui perficiwr confen{u mereis pro pre– tio. Por efie contrato de com¡;ra y venta íe tran~fie1e el dominio de la cofa que íe com~ pra d~maneca, que el que la compra, la tiene por fuya , y eflá obligádo a dar el pre– cio que ofreció por ella , y baftará que U · prendas, o fian~a,ú bien, para la eífencia del contrato no e~ t,ecdfario,ni la encrega de la cofa, ni del pr.ecio que fe prometió por ella, porque foJo los coníenrimieotos de los con– trayen,es fon bailantes para que fe celebre el contrato ; íi bien el Padre Vazquez fien– te, que es necelfa ria la entrega , afl'i de la mercadería , corno del precio. Noto , ']Ue hecho el contrato de compra, 9: y venta,no fe puede deshazer fi no fuere con confenrimiento de ambos les comrayenres , como fe w lige de la ley 1. fj . de contrahen. empt. y la leypct1t ab in,tio C. de rei vend. Y es de advertir, que eHando ya el ccnrrato celebrado ,y dado .i lguna arra. el e omprador en prendas,.y feííal de que no fald rá deItrato, y compra que ~iz.o , no eílá declarado por Derecho ccmun,íi el con.rrndor podiá vol– verfe atrás, y no efiará la compra conrerra:– da , con perder la arra, que avía entregado C e 3 ;il
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