Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

16 8 Itiner,irio pa1'a P arochos de Indios , en el oficio de Curas, lo ordena affi fo ,Ma– gefrad en una Cedula Cuya , que es como fe figue. ~ r affi mifmo mando, qe,e el Ar¡obifpo , y Obifpo1 de aquellar Provincia1 puedan 'Uifitar 101 dichos Reiigiofos en lo tocante al minifte– río de Curas-, y noten má1, vifitando las Igle– fias- , Sacramento , Chrifma , Cofradías , li– mofna1 della.r, y todo Jo que tocáre a la me– ra admíniftracion de /01 Santo1 Sacramentos-, y dicho minifterio de Curat, yendo a lar 'llijlta1 por fl11 perfona1 , o las que para ello a fu eleccion , o fatfrfacion pufieren , o em– biaren a lM partes donde en perfona no pu– diéren , o no tuvieren lug4r de acudir , u_{ando de correccio1t, y caftigo en lo que j i,ere necef[ario dentro de /01 Jimite1 , y exercicio de Cura eftriélamente , como queda dicho ' y no en már.. r en qi,anto a los ex– ceffe1 perfonalet de las coftumbres , y vidar de los tales Religiofos Curat, no han de quedar fujetos a /01 dichos .Ar¡obifpos ,._y Obifpor , para que los caftiguen por lat vip– ta1, aunque fea a iitulo de Curas, fino que teniendo noticia de ello1fin efcrivir , ni ha– zer proceffe1 , 4'Uifen f ecretamente a fu, Prelados Regulares , para que lot remedien , y fino lo hizieren , podrán u{ar de la fa– cultad que les dá et fa nto Concilio de 1rento , de la manera , en los- cafo, que lo puedan , y deban házer con 101 Religio• [01 no Curat. s E e e l o N I I I. las penas que tienen los Curas, que tie– nen tratos , y contratos en fus Doélrinas. ~ EL Concilio Limenfe m. del año de mil y quinientos y ochenta y tres en la afl. 3. capit. ~. manda a todos los Curas de I ndios , pena de excomunion mayor latte fententice, que por fi , oi por tercera perfo– na no tengan tratos , ni contratos en fo~ Do.éhinas i y can la mifma pena prohib~ , que tengá.n manadas de cabras, ovejas, &c. para fos gra:ngerias , ni requas , ni minas ni obrages > la razon es , porque con ellos exercicios , y ocupaciones , tan agenos de fu oficio, fe devierten mucho de la prin– cipal obligacion , que es atender con vigi• landa a! bien efpiritual de fus Feligrefes; y por e(fo dize Graciano decret. 1 r. citan. do a San Gregorio , que embiando Chrillo a predicar a fus Difcipulos, les prohilnó q11e tuvietfen con figo dineros, plata, y oro: Domi11us- Jefu!' mittens ad ev,111ge/i. zandum Difcipulos,mifit eosfine auro fine ar• gento , fine pera , i,t incentiva liei; , & ¡,,. ftrumenta eriperet ultioni!'. Que el que trahé ardiendo las entrañas en el defeo de las riquezas , aun configo rnifmo trabe difcordias, privandofe con de[velos del fabrofo fueño de la noche ; y emre el ofi, cio de Cura , y las negociaciones , y gran, gerias eftá cravada can fangrienta guer• ra , que aun entre unos Apoltoles ellá du– dofo el acierto de can aleo rninifterio , fi los divierta la codicia ; dizelo el conci. lio todo por eil-as palabras: Cum Neophy– ti ifti ea de caufa tum fcandalum grave fuftineant, tum inftru[/ionit [me jaéforam non mediocrem fa ciant , durn ah hit in temporalibu!' quteftibus occupantur, a qui– bu.r .debebant fpi ritualibus incrementit au– geri ; pero aquefta pena de excomunion lata: fenientia: , puefta en efte Concilio, y en otro qualquiera Provincial, o Sy– nodal de las Indias , la anuló , y quitó Paulo V. el año de feifcientos y fiece a inftancia de Qon Fernando de Godoy, Canonigo de Cartagena, y dexó en pié todas las penas pueflas por el Dere– cho contra los Clerigos mercaderes, que comprando , y vendiendo tienen ~range– rias. El motu proprio del Pontífice au• tentico le tengo tm mi poder , que dize atli Paulur Papa V. &c. Motu proprio,. certa i fcie11tia, ac matura deliberatione no/lra , de– que Apoftolica poteftati.r plenitudine deteftabi· lem hunc abufum improbantes Ecc/efiafticit quibuf

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