Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Lib. l. Trat. 'f/ l. Secc. V. 1 I 3 -dan aunque (ea poco, y que no caftiga a los que faltan en ello, ni cobra de los au– fentes; y hecha ella diligencia, lo que ofrendáren en la fexca ofrenda , etfo puede tener y feóalar por la cantidad que ellos dan efpontaneamente , y lo que clavan quando ufava de rigor, eífo el que fe ha de rellituir. Pongo por exemplo: Juma– nnfe en cada ofrenda hecha con rigor , cinqucma patacones, y defpues de encera– dos los Indios de fu libertad , experimen– tados de que el Cura no caíliga , ni traca mal a los que dan poco , o nada , fe juman treinta; .claramente fe conoce, que los vemce que da van de mas en cada ofrenda , los faca-va por fuersa el miedo , y ellos fon los que ha de refiicuir por a,·erfe cobrado contra la voluntad libre de los Indios. B Y San Ambrofio 11b. 8. in L11cam in fine , dize, Nec habet gratiam liberalitar ,Ji inju– ria perfeverat, q1,ia non fpolia, (ed do,1a q111e– runtur, no ·es ace_pta a Dios la liberalidad, aunque le ofrezcañ algo, que es deípojo, y tobo del fudor ageno , que por elfo Zaqueo relliruyó lo mal ganado quatro tanto mas, y luego ofreció la mitad de fus bi~s, en que no tenia parte el engaño par! obras pias. Y efio que era proprio , y gutroía~ mente ofrecido , lo eílimó Chrill-o canto , que en retorno liberal , y dadivofo, dize Sao Lucas cap. 1~ flodie lwic domui falur falla eft' le llenó a él ' y a toda fu familia de bienes efpirituales, que affi premia Dios Jas ofrendas graciofas, que e1 hombre h.1- &e de fos proprios bi_enes. ·--------- s E e e I o N v. Si complirá con fu conciencia el Cura 'fUe quiere rejlieuir las ofrendas mal !levadas , con dar la c.2ntidad que debe a la lglefia para Ornamentos? , TEngo por cofa cierta , que no cumple con Ia conciencia en dar a la Iglefia lo mal gana:lo con ofrendas, e impoficiones forzadas, e injuftas; la razon es, porque la refticucion fe ha de hazer a las perfooas leías.y ofendidas, pudiendofe conocer, y en efte calo t0do el Pueblo en comun , y cada uno e11 particular padeció el agravio,· y la iojuílici.i, y affi fe debe hazer la reftí tucion , replniendo por iguales parces lo que a ca– da tino le cupiere : aunque es verdad , que muchos de los que fueron agraviados, fe avrán muerto, los hijos, y los padres de los que fon herederos fer~ofos , tienen dere– cho a las deudas que les debian , y affi fe debe repartir la refütucion entre t0dos los Indios, que el darlo a la Iglefia , ni fe cum– ple con la conciencia , ni ~s grato a Dios, por fer en pcrjuizio de la cofa debida a otro, y por effo dize Reginaldo lib. 19. 1íu– mer. 85. Ex qutefitir autem itlicite , arit per ufuram, aut opprelfionem pattperum, oblatio– nes fati.e non debent recipi, no es bueno qui– tar la capa al pobre , y ofrecerla luego a Dios ; el qual no acepta femejames limof. nas, ni las puede recibir el Sacerdote, y afii dixo San Agufün , referido en el Derecho in cap.final. 17.quceft.4. eílas palabras: QJ!i– crmu¡ue 11t1lt ,exl,.eredato ftlio,htf1tede1n [acere Ec,lejiam , q11.erat alterwn qui fufcipiat , non A11g1,ftinmn,que la limofna ha de fer de bie– ne~ proprios , y no agenos , y adquiridos contra jufücia con agravio de pobres. Juan Matienso in traa. manufcript. de mo- · deratione Regni Peri,, cap. 2.8. dize: Q!}ia difficile eft,damna Indir iltata,eifdem,qtti ve– re ea recepernnt,in multir caflbur fatisfacere, monendi ftmt Confef/arii, ut Commendatal'iir inj11ngant, ut iternm Hofpitalibur, Eccleflir, Commtmitatibu1, ve/ aiiis piis operibus, qridt eir i11 communi utilia ejfe poffint, damnorurn eeftimarionem reli11qwmt, que los que han quicado bienes a los Indios , ordinariamen– te no les fatisfacen , tienen obligacion los Confc{fores de advertir a los tellamenta– rios de los tales, que de los bienes que dexan los difuntos que agraviaron a los Indios, apliquen aquellas cantifades a los Hofpirales de ellos, o otras obras ea que tengan alguna comodidad , y utilidad. Pero fe entien~e ello , quando hecha 'fo-- p 6rieme

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